Delitos transnacionales, los medios de prueba extraordinarios y la vara constitucional - Derecho Penal - Derecho constitucional, penal, procesal y garantismo: puentes dialógicos entre el derecho constitucional, derecho penal y garantismo - Libros y Revistas - VLEX 940518408

Delitos transnacionales, los medios de prueba extraordinarios y la vara constitucional

AutorAlberto Pravia
Cargo del AutorAbogado de la Universidad Católica Argentina ? Especialista en Derecho Procesal de la Universidad Nacional de Catamarca ? Especialista en Terrorismo de la Universidad Católica de Salta ? Ex Fiscal y Juez de Cámara Federal ? Profesor del Instituto Universitario de la Gendarmería Nacional Argentina
Páginas529-561
Delitos Transnacionales, los medios
de Prueba Extraordinarios y la Vara
Constitucional
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Profesor del Instituto Universitario de la Gendarmería Nacional (Argentina)
 La lucha contra los delitos transnacionales de alta complejidad
requiere de la intervención proactiva de los Estados nacionales ampliando las
técnicas investigativas a partir de la incorporación de medidas de investigación
que superen los acotados márgenes de acción que permiten los medios de
prueba comunes y más usuales, estos nuevos medios de prueba o medidas de
investigación extraordinarias, deben estar regulados en el digesto procesal pero
fundamentalmente deben respetar la manda const itucional donde los derechos y
garantías de cada ciudadano no pueden ser conculcados por el solo hecho de aclarar
un ilícito y encontrar un culpable y siempre con el debido contralor jurisdiccional.
 delitos transnacionales –técnicas de investigación– medios
de prueba –medios de prueba extraordinarios– constitución nacional– derechos
y garantías
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the proactive intervention of national States, expandi ng investigative techniques
based on the incorporation of investigative measures that exceed the limited
margins of action that allow common and more usual means of proof., these
new means of proof or extraordinary investigation measures must be regulated
in the procedural digest but fundamentally they must respect the constitutional
mandate where the rights and guarantees of each citizen cannot be violated by
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due jurisdictional comptroller.
1 Abogado de la Universidad Católica Argentina – Especialista en Derecho Procesal de la Universidad
Nacional de Catamarca – Especialista en Terrorismo de la Universidad Católica de Salta – Ex Fiscal y
Juez de Cámara Federal – Profesor del Instituto Universitario de la Gendarmería Nacional Argentina
530 Alberto Pr avia
 transnational crimes–investigative techniques–evidence–
extraordinary evidence–national constitution–rights and guarantees
1. IN TRODUCCIÓN. GENER ALIDADE S
Claramente ciertos delitos se han incrementado en su ejecución de manera
exponencial, muchos de ellos transformándose por su implicancia social, su desarrollo
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En ese contexto, muchos Estados se ven sobrepasados en su actuación
primaria de perseguir y reprimir ciertas conductas ilícitas, y en ese ínterin
intelectivo, se ha dispuesto en el concierto internacional la conformación de
normas, programas y medidas que tiendan legítimamente a dotar a las fuer zas
policiales y los operadores jurídicos, de herramientas aptas para conseguir
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la delincuencia organizada transnacional.
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estupefacientes, el terrorismo, el cibercrimen son todas acciones ilegales que
preocupan al conjunto de naciones, en esta línea, la aprobación de la Convención
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tanto sean de orden legislativo como administrativo, para que de conformidad
con las disposiciones fundamentales de sus respectivos ordenamientos jurídicos
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sustancias psicotrópicas que tengan una proyección internacional.
Desde la investigación criminal común, las escuchas telefónicas, allanamientos,
secuestros, requisas, no alcanzan para dotar a nuestras fuerzas policiales de
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de justicia pueda investigar desde una causa o investigación penal concreta el
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tradicionales fue necesario adoptar otras medidas legales especiales que permitan
la detección de la comisión de delitos e informar sobre sus actividades, y obtener
pruebas inculpatorias, para luego proceder a la detención de sus autores.
Cuando hablamos de medios de prueba extraordinarios, digamos que no es
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de evidencias de la comisión de algún delito en particular.
531Delitos Transnaciona les, los medios de Prue ba Extraordina rios y la Varia Consti tucional
La diferencia entonces estriba en que mientras un medio de prueba incorpora
un elemento o dato probatorio al proceso o a la investigación penal preparatoria
que se está llevando a cabo, la medida de investigación es una de las tantas
formas por las cuales se intenta averiguar la comisión de delitos.
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de prueba, por su parte las intervenciones telefónicas, el agente encubierto, la
entrega vigilada, los seguimientos son todos medios o medidas de investigación.
Entiendo que tanto los medios de prueba como las medidas de investigación
pueden utilizarse dentro del proceso o la investigación penal preparatoria en orden
a la aplicación del principio de libertad probatoria, con la condición que ambas
deben contemplar al momento de su aplicación y ejecución el férreo cumplimiento
de las leyes y no conculcar los derechos y garantías constitucionales.
Observemos que un allanamiento es un medio de prueba pero en esencia
es una medida de investigación, legislada ella; en cambio la posibilidad de
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son un elemento más dentro de las medidas de investigación de las que nos
podemos valer en toda investigación penal preparatoria sin que estén reguladas
por los diferentes ritos.
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la entrega vigilada, el agente encubierto, el agente revelador, el informante son
medidas que deben ser adoptadas bajo el respeto irrestricto de las garantías
constitucionales dentro del proceso penal, ya que el descubrimiento de la
verdad real objetiva no puede hacerse vulnerando principios liminares del
ordenamiento constitucional.
Si se avanza respecto a ámbitos de privacidad e intimidad, solo puede
haber un juez que habilite esta situación, que la controle y garantice que los
derechos de los ciudadanos, aún de aquellos que actúan ilegalmente no se vean
conculcados, salvando cuestiones de orden público, como es el buen éxito de
toda investigación criminal realizada con el debido control judicial.
Como dice autorizada doctrina: “El comercio de narcóticos tiene como
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Resulta evidente que se trata de un comportamiento delictivo no convencional,
cuya persecución y lucha, se transforma en una difícil y dura empresa. En el
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trasnacionales, poder económico, recursos técnicos y humanos amplios, que
de una u otra manera, perturban y obstaculizan la intervención de la justicia.
Se trata de organizaciones criminales que cuentan con un gran poderío, que

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