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Mecanismos alternativos de solución de conflictos: reflexiones en el derecho administrativo

AutorJuan Camilo Franco Gómez
Cargo del AutorAbogado de la Universidad del Rosario
Páginas125-151
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Mecanismos alternativos
de solución de conflictos:
reflexiones en el derecho administrativo
Juan Camilo Franco Gómez*
Introducción
Desde antaño, ha existido la clásica división tripar tita del poder propuesta ini-
cialmente por John Locke (Naranjo, 1990, p. 199) y adoptada por Montesquieu,
la cual pretendía desconcentrar el poder en tres ramas: ejecutiva, legislativa y
judicial con funciones debidamente delimitadas (Secondat, 1906), teoría acogida
en el ordenamiento jurídico colombiano (Constitución Política de Colombia
de 1991, art. 113). No obstante, esta teoría clásica de división de poderes ha
trascendido a barajar, de forma excepcional, las funciones especícas de una
rama al ejercicio de la otra, sin abandonar el equilibrio de poder.
Esta connotación será relevante pues el ejercicio de funciones jurisdicciona-
les en cabeza de la Rama Ejecutiva es una de las formas en que se barajaron las
funciones especícas de las ramas al ejercicio en las otras (Hernández, 2020),
particularmente las funciones jurisdiccionales de la Rama Judicial a la Rama
Ejecutiva, pero manteniendo los límites con el exceso del poder en los actos admi-
nistrativos (García, 2001). Esta gura de función jurisdiccional en cabez a de una
autoridad administrativa ha sido integrada al ordenamiento jurídico colombiano
en la Constitución Política (1991, art. 116, inc. 3) y ha sido caracterizada por la
jurisprudencia constitucional así: (1) debe estar autorizada previamente por una
declaración legal; (2) debe gozar de independencia; y (3) debe ser imparcial para
el ejercicio de la función jurisdiccional (Sentencia C-1641 del 2000).
*
Abogado de la Unive rsidad del Rosario. Magíste r en Derecho Administrat ivo de la Univer-
sidad del Rosar io. Magíster en Fiscal idad Internacional de la Un iversidad Internaciona l de la Rioja.
Estudiante d e Ph. D. en Derecho de la Universidad del Ro sario.
Mecanismos a lternativos de solución d e conictos
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Ahora bien, estas funciones jurisdiccionales que ejerce excepcionalmente
la Rama Ejecutiva son consideradas mecanismos alternativos de solución de
conictos  ya que son vías de acceso a la administración de justicia
sin necesidad del ius postulandi o el agotamiento de un proceso ante la Rama
Judicial (Giraldo, 1995). Sin embargo, las funciones jurisdiccionales de las
autoridades administrativas entrarán a jugar un papel muy interesante en los
, ya que estas funciones tendrán la nul idad y restablecimiento del derecho
como medio de control en la jurisdicción de lo contencioso administrativo (Ley
1437 del 2011), lo que a la postre surtirá una s uerte de primera instancia como
prejuicio a un fallo judicial.
El inmenso mar de posibilidades que prevé el ordenamiento jurídico
colombiano respecto de los  dependerá de la naturaleza del conicto a
resolver; no obstante, cuando se trata de funciones jurisdiccionales de la Ra-
ma Ejecutiva se entienden inicialmente independientes de la Rama Judicial
(Sánchez, 2017), pero se torna limitada a los parámetros legales que han sido
debidamente determinados por el legislador, pues entrarán a enmarcarse en
la naturaleza de la administración, entendida como una “organización […] de
carácter burocrático integrada(s) en el Poder Ejecutivo” (Mir, 2003, p. 61).
Esto implica que la función jurisdiccional de la Rama Ejecutiva concluye con
un fallo producto de un ejercicio burocrático; la tensión deviene cuando dicha
independencia es sujeta a la Rama Judicial en segunda instancia.
Ante esta tensión se plantea como pregunta de investigación: ¿las fun-
ciones jurisdiccionales ejercidas por mandato legal por autoridades adminis-
trativas, que no tienen control en segunda instancia o en grado de consulta
por parte de una autoridad judicial, pueden considerarse ?, lo que, a su
vez, plantearía un segundo interrogante: ¿cuál es el límite de los  que
ejercen las autoridades administrativas? Para solventar estos interrogantes, será
necesario realizar un ejercicio analítico de las funciones jurisdiccionales y su
semejanza con el arbitraje; posteriormente, se hará un ejercicio descriptivo de
las funciones jurisdiccionales de las autoridades administrativas en Colombia
y, nalmente, un ejercicio reexivo entorno a las limitaciones que ostenta el
ordenamiento jurídico respecto a las autoridades administrativas al momento
de ejercer funciones jurisdiccionales para superar cua lquier juicio de legalidad
en lo contencioso administrativo.
La importancia de la pregunta de investigación se enmarca en la semejanza
de las funciones jurisdiccionales con el arbitraje, lo que conllevará su poste-
rior delimitación doctrinal a los límites de estas en cabeza de las autoridades

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