Prólogo a la primera edición - Dogmática del derecho disciplinario: de acuerdo con la actualizada Ley 1952 de 2019 - Libros y Revistas - VLEX 950990985

Prólogo a la primera edición

Páginas53-58
5
prlogo a la priera edicin
Trascendental trabajo ha realizado Carlos Arturo Gómez Pavajeau, actual
Viceprocurador General de la Nación, en esta obra titulada Dogmática del
derecho disciplinario, en aras de afianzar el derecho disciplinario como una
especialidad jurídica, con una estructura propia, acorde con los principios
consagrados en nuestra Constitución Política, fuente primaria y directa
de la aplicación del derecho, apartándose definitivamente de las distintas
tendencias que lo ubican unas como una especie del derecho penal y otras
en conexión con el derecho administrativo.
Consecuente con ello es que el autor sienta las bases y crea una dog-
mática propia del derecho disciplinario fundamentada en los principios de
tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, inherentes a la nueva disciplina
que ha logrado edificar.
Tras un recuento histórico de las diversas tendencias y la evolución del
derecho penal, y una vez expuestas las disímiles posturas de sus categorías, se
presenta este trabajo con una metodología diferente a través de la cual
se pretende definir la naturaleza jurídica del derecho disciplinario, bus-
cando otorgarle identidad y concreción propias a la falta disciplinaria y a
las categorías dogmáticas que igualmente la deben integrar. Todo esto con
el fin de darle alcance de ciencia a este derecho, de manera independiente
y autónoma, supeditando los principios de oportunidad y conveniencia,
consubstanciales al mismo, a la vigencia del principio de legalidad, así
como a postulados importantísimos del derecho penal.
En este sentido, es destacable la fundamental diferenciación que se
realiza entre las relaciones generales y las relaciones especiales de sujeción
que separan lo penal de lo disciplinario, ya que las primeras se refieren
al vínculo existente entre todas las personas y el Estado, mientras que las
segundas establecen una relación especial entre los servidores públicos y
el mismo Estado.
Por otra parte, no pierde de vista que solamente en 1995 el derecho
disciplinario adquiere un tratamiento legal, por cuanto antes de esta fecha
su normatividad estaba compuesta básicamente de normas infralegales de
naturaleza administrativa, tales como los decretos 1660 de 1978, reglamen-
tario del Decreto ley 250 de 1970, y 482 de 1985, reglamentario de la Ley
13 de 1984, los cuales vinieron a ser reemplazados con la Ley 200 de 1995

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