Los criterios sancionatorios del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011). Un ejercicio de aplicación subjetiva de los mismos - Derecho del consumo. Introducción al derecho del consumo - Libros y Revistas - VLEX 911523968

Los criterios sancionatorios del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011). Un ejercicio de aplicación subjetiva de los mismos

AutorFernando Peña Bennett
Páginas197-224
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Capítulo VI
LOS CRITERIOS SANCIONATORIOS DEL ESTATUTO
DEL CONSUMIDOR (LEY 1480 DEL 2011).
UN EJERCICIO DE APLICACIÓN SUBJETIVA
DE LOS MISMOS*
Fernando Peña Bennett
Premisa
La estructura y redacción del artículo 61 de la Ley 1480 del 2011 faci-
lita la aplicación e interpretación de los criterios sancionatorios de for-
ma subjetiva por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio
(SIC). Dicha circunstancia es más gravosa para el administrado cuando la
entidad no fundamente las razones que motivaron la aplicación de estos
dentro de una actuación administrativa sancionatoria.
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nistrativo sancionatorio y una vulneración al debido proceso.
Introducción
El derecho del consumo se ha consagrado como un derecho de rango
constitucional1 al haberse elevado a la categoría de derecho colectivo,
en el que el bien jurídico protegido es el interés difuso de la protección
* Para citar este capítulo: http://dx.doi.org/10.15425/2017.534
1 Al respecto, la Cámara de Comercio de Medellín considera que al encontrarse con-
sagrado el derecho al consumo en la Constitución Política de Colombia se le da a este un
carácter proteccionista, lo que permite que se aplique de manera preferente sobre normas
de carácter general, por cuanto “Nace de la necesidad de proteger las relaciones que se
desarrollan bajo circunstancia especiales, y dar herramientas para corregir las desigual-
dades que puedan surgir entre el consumidor y el productor; por esto su aplicación va
ligada a la existencia de una relación de consumo, entendido en el sentido más amplio”.
Análisis del Estatuto del Consumidor, Cámara de Comercio de Medellín, Antioquia.
DERECHO DEL CONSUM O
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a consumidores y usuarios. La Ley 1480 del 2011 es el resultado del
mandato constitucional del artículo 78 al poder legislativo para expedir
una norma que garantice el acceso a bienes y servicios seguros y de ca-
lidad, en la que se establezcan reglas para vigilar y controlar los proce-
sos de comercialización de bienes y servicios dentro del mercado. De
acuerdo con Peña Bortone y Martínez Salcedo, la inclusión de los de-
rechos de los consumidores en el ámbito constitucional es una tenden-
cia cada vez más presente en las constituciones iberoamericanas, hecho
que demuestra que “en la región prevalece el Estado social de derecho,
donde independientemente de la política económica en la cual se basan,
se toman en consideración los intereses y derechos de los consumido-
res y usuarios”2.
Dentro del nuevo contexto constitucional colombiano es importan-
te mencionar que, con anterioridad a la expedición de la Ley 1480 del
2011, ya la Corte Constitucional3 reconocía el carácter asimétrico de
las relaciones entre el consumidor y los agentes de mercado. Relación
asimétrica natural, como consecuencia de la calidad de las partes que
intervienen en las relaciones de consumo.
Ahora bien, esa natural asimetría de mercado, y la consecuente idea
del consumidor como parte débil, llevó a concebir el estatuto del con-
sumidor como un cuerpo normativo que facilitara equilibrar lo que por
lógica de mercado es asimétrico.
La Ley 1480 del 2011, a criterio de la Superintendencia de Industria y
Comercio, se estableció con el objeto de ayudar a miles de colombianos
consumidores insatisfechos frente a la adquisición de bienes y servicios4.
No obstante lo mencionado, el objeto de la norma también está enfo-
cado a regular los derechos y las obligaciones de las partes involucradas
en la relación de consumo y establecer el ámbito de responsabilidad por
2 María Peña Bortone y Juan Martínez Salcedo, “Los derechos de los consumidores
y usuarios en el constitucionalismo económico: Una breve revisión a las constituciones
iberoamericanas”, en Derecho del consumo: tras un lustro del Estatuto del Consumidor
en Colombia, coordinado por Juan Ortega Díaz, Juan Martínez Salcedo y Gloria Osorio
Giammaria (Bogotá: Temis, 2018).
3 Sent. C-1141/2000, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz.
4 https://www.sic.gov.co/estatutosconsumidor#:~:text=Ley%201480%20de%20
2011&text=La%20protecci%C3%B3n%20de%20los%20consumidores,permita%20
hacer%20elecciones%20bien%20fundadas.

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