Decreto 532 de 15 de diciembre de 2015 - Suplemento - Estatuto Tributario de Bogotá Actualizado - Libros y Revistas - VLEX 640761301

Decreto 532 de 15 de diciembre de 2015

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Harold Ferney Parra Ortiz
Páginas477-481
477
Decreto 532 de 15 de diciembre de 2015
DECRETO 532 DE 15 DE DICIEMBRE DE 2015
Por el cual se implementa para el año 2016 el mecanismo de aportes
voluntarios.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de las facultades legales, en especial las conferidas por el artículo
38, numerales 3 y 14; y el artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que los logros alcanzados por Bogotá, D.C., en cobertura y calidad de los servicios
básicos provistos a sus habitantes, han permitido avanzar hacia una ciudad
moderna; sin embargo, persisten índices de pobreza y desempleo, que afectan
a sus ciudadanos, los cuales no cuentan con ingresos su cientes para cubrir las
necesidades básicas de bienes y servicios.
Que Bogotá, D.C., para avanzar en la construcción de una sociedad justa y equitativa,
requiere la participación ciudadana solidaria, como manifestación del compromiso
colectivo en cumplimiento del Pacto Social contra la pobreza para garantizar la
provisión de los mínimos vitales a la población más vulnerable.
Que el mayor esfuerzo nanciero puede provenir de un aporte voluntario de la
ciudadanía que re eje su disposición a participar en el logro de objetivos colectivos
con los que se siente identi cada y que esté acorde con su capacidad económica.
Que este mecanismo de aporte voluntario consiste en la donación que recibirá el
Distrito Capital de los particulares y que se entiende aceptada de manera general
en virtud del presente acto administrativo.
Que el Acuerdo Distrital 259 de 2006, “Por el cual se establece un Aporte Voluntario
para los Bomberos de Bogotá”, señaló que el Distrito Capital a través de la Secretaría
Distrital de Hacienda recaudará aportes voluntarios de los particulares en calidad de
donación con destino al Cuerpo O cial de Bomberos de Bogotá. Este se denominará
Aporte Bomberil Voluntario y será un porcentaje o monto adicional del valor del
impuesto predial uni cado y del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros
que resulte a cargo del contribuyente.
Que el Acuerdo Distrital 303 de 2007, “Por el cual se establece un Aporte Voluntario
denominado “Un Árbol de Vida para Bogotá y se determina su destinación”, señala
que el Distrito Capital a través de la Secretaría Distrital de Hacienda, recaudará este
aporte voluntario, que podrá ser realizado por la(o)s contribuyentes del impuesto
sobre vehículos automotores matriculados en Bogotá D. C., el cual será incorporado
al presupuesto del Jardín Botánico “José Celestino Mutis”.

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