Entidades recaudadoras en materia de derechos de autor en Colombia - Derecho de Autor y Derechos Conexos - Prácticos vLex - VLEX 811449845

Entidades recaudadoras en materia de derechos de autor en Colombia

AutorOlarteMoure

¿Qué son las entidades recaudadoras de Derecho de Autor?

Las entidades recaudadoras, en los términos de la normatividad relativa al Derecho de autor en Colombia, son entidades privadas sin ánimo de lucro, con personería jurídica conferida por medio de una resolución motivada, expedida por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, que autorice su funcionamiento, constituidas por dos o más sociedades de gestión colectiva que tengan el mismo objeto con la finalidad exclusiva de garantizar el debido recaudo de las remuneraciones provenientes de la comunicación al público de las obras musicales, las interpretaciones, ejecuciones artísticas o los fonogramas musicales (Ley 44 de 1993, art. 27; Decreto 3942 de 2010, arts. 53, 54; Corte Constitucional, Sentencia C-833/07 [j 1]).

Sin embargo, toda sociedad de gestión colectiva tiene la facultad de efectuar el recaudo de las remuneraciones provenientes de los derechos de los autores que están afiliados a ellas. De hecho, para el ejercicio de esta atribución las asociaciones se consideran mandatarias de sus asociados por el simple acto de afiliación (Ley 44 de 1993 artículo 13 num. 4). Lo que ocurre es que en el caso de las entidades recaudadoras, primero, existe una unión de dos o más sociedades de gestión colectiva, y segundo, solo se realiza el recaudo de las remuneraciones provenientes de la ejecución pública de las obras musicales y de la comunicación al público de los fonogramas (Ley 44 de 1993 artículo 27). Respecto de la naturaleza de este recaudo, vale la pena aclarar que dichas tarifas no constituyen un impuesto o tributo para el Estado, ya que corresponden a la remuneración que se origina por el ejercicio de los derechos patrimoniales, a favor de los afiliados a las sociedades de gestión colectiva[1].

Adicionalmente, las entidades recaudadoras deben adelantar sus labores de conformidad con los contratos suscritos entre las sociedades de gestión colectiva que las integran y los usuarios de los repertorios gestionados por esas sociedades[2]. Vale la pena mencionar que las sociedades de gestión colectiva que integren una entidad recaudadora deben cubrir los costos de funcionamiento, respetando en todo caso sus propios límites de gastos administrativos[3].

La Organización Sayco-Acinpro es una entidad recaudadora con personería jurídica y autorización de funcionamiento conferida por la Dirección Nacional de Derecho de Autor, cuyos socios son Sayco y Acinpro, aunque se han admitido a terceros como titulares...

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