Fair use y fair dealing
Autor | Luis Ángel Madrid Berroterán |
Cargo del Autor | Profesor e investigador de la Escuela Internacional de Administración y Marketing, Universidad Sergio Arboleda |
Páginas | 110-129 |
S
CAPÍTULO5.FAIRUSEYFAIRDEALING
LuisÁngelMadridBerroterán1
Introducción
eha señaladoen laliteratura autoralque lasdos institucionesjurídicas
demayorcomplejidadenesamateriasonladicotomíaidea-expresióny
ladoctrinadelfairuse, conocidaenespañol comousojusto; términopoco
felizoapropiado.LearnedHand,elgranjuristanorteamericano,declaróen
uno de sus pronunciamientos que “el asunto de fair use es el más
problemático en la totalidad del derecho de autor” (Dellar v. Samuel
Goldwyn, Inc, 1939), y ese parecer, casi ochenta años después, sigue
llevandotantaverdadcomoeldíaenqueseexpresó.
La doctrina del fair use, objeto de la primera parte del presente análisis,
tiene raíces suficientemente remotas en la jurisprudencia anglosajona,
siendo su origen, al menos en lo que hace a los Estados Unidos, en la
primera enmienda constitucional (1791) que prohíbe la limitación de la
libertad de expresión. Así, la doctrina del fair use intenta atemperar el
conflictodelderechodeexclusiva queesanejo alderechode autor,conel
derechoconstitucionalalalibreexpresión.
La formulación esencial de tal doctrina se encuentra en el caso Folson v
Marsh,decididoenlaCortedelCircuitodelDistritodeMassachusettsenlos
EstadosUnidos(1841).Correspondió su enunciaciónaljuezJoseph Story,
considerado una de las mentes de mayor brillo en la historia de la
jurisprudencianorteamericana2y,ensuesencia,taldoctrinapermiteeluso
noautorizadodeobrasprotegidasporelderechodeautor.Ello,encuantoel
beneficioque comportaparaelinteréspúblicotalusonoconllevaundaño
sustancialalvaloreconómicodelaobra.
LoshechosenseñanqueciertoreverendoUpham,alescribirunabiografía
de George Washington, reprodujo textualmente 353 páginas de una obra
anterior (esta última compuesta por 866), que contenía cartas y otros
documentos del padre de la nación norteamericana. La selección de
documentos reproducidos literalmente apropiaba, según lo señala la
sentencia,losapartesmásinstructivos, útileseinteresantesdela colección
entera. La cuestión a la que se enfrentó el tribunal fue la de si estaba
justificadoelusodematerialesdeterceros.Aefectosdelarespuesta,eljuez
Story señaló que en la decisión de tales casos debía considerarse la
naturaleza y los contenidos de las selecciones realizadas, la cantidad y el
valordelos materialesutilizadosyelgradoenelcual elnuevouso puede
afectarlaventao disminuir lasgananciasoreemplazar los contenidosdel
trabajo original. Así, en este caso, se encontró que la reproducción de las
cartasdeWashingtonnosoloerasustancial(equivalenteaunaterceraparte
de la obra nueva), sino que estas representaban los contenidos de mayor
interésyvalorparaelpúblico.Además,dictaminóeljuezque,silotomado
enpréstamodelaobraoriginalhubieseconsistidoenpasajesseleccionados
oabreviadosen uso desucriterioy conocimiento,ladecisióndel tribunal
hubiese sido otra, distinta de la que, en efecto, se profirió en contra de
Upham,omásprecisamente,desueditor,Marsh,Capen&Lyon.3
Solofuehasta1976,conlareformulacióndelaleydederechodeautorde
losEstadosUnidos,enlaquela doctrinadelfairuse encontrósuaposento
enelderechopositivode esepaís, ydemaneraespecial,en lasección107
delCopyrightAct(17U.S.Code§107).
Lacodificacióndeladoctrinadelfairuseenlaley
norteamericana
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