Introducción - El sesgo de debilidad a favor del inversionista extranjero - Libros y Revistas - VLEX 777557989

Introducción

AutorYadira Castillo Meneses
Páginas1-10
INTRODUCCIÓN
La búsqueda de una responsabilidad internacional para las corporaciones trans-
nacionales (
CTN
) captura la atención de quienes consideran que los derechos a su
favor no se ven acompañados de responsabilidades frente a sus impactos nega-
tivos.1 Los hechos muestran que, al lado del papel positivo de las corporaciones
transnacionales como agentes de crecimiento económico y cambio estructural,2
han aparecido constantes denuncias por sus violaciones a los derechos humanos,
por ejemplo, durante la era del apartheid en África y del holocausto nazi en
Alemania,3
Wiwa v. Royal Dutch, Doe v. Unocal, Bowoto v. Chevron, The Pr esbyterian Church of
Sudan v. Talisman Energy, Sarei v. Rio Tinto y Kiobel v. Royal Dutch4 muestran que las
CTN
pueden comprometer derechos civiles, ambientales, económicos, sociales
y culturales. Incluso pueden amenazar la soberanía de los Estados, tal como
ocurrió con el golpe de Estado al Gobierno de Allende,5 actuando ya sea por
una acción directa, por complicidad o por omisión.6
1 Surya Deva, “Human Rights Violations by Multinational Corporations and International Law:
Where from Here?”. Connecticut Journal of International Law n.o 19 (2003-2004): 56.
2 Commission on Transnational Corporations, Work on the formulation of the United Nations
Code of Conduct on Transnational Corporations, Outstanding issues in the draft Code of
Conduct on Transnational Corporations, E/C.10/1985/S, 23 de mayo de 1985, párr. 7. Commis-
sion on Transnational Corporations, Recent Developments Related to Transnational Corpora-
tions and International Economic Relations, Report of the Secretariat, E/C.10/1982/2, 16 de
julio de 1982, p. 16, párr. 27.
3 Véase Jeremy Sarkin, “La consolidación de los reclamos a las reparaciones por violaciones de los dere-
chos humanos cometidas en el sur”. Sur – Revista Internacional de Derechos Humanos 1 (2004): 70-135.
4 United States Court of Appeals – Ninth Circuit, Sar ei v. Rio Tinto, Order and Opinion, caso
02-56256, 12 de abril de 2007; United States Court of Appeals – Ninth Circuit, John Doe v. Unocal
Corporation, John Imle, Roger C. Beach, caso 96-06959-
RSWL
. Decisión del 18 de septiembre de
2002, v. 1 de 2; United States District Court for the Southern District of New York, Wiwa v. Royal
Dutch Shell Petroleum, 28 de febrero de 2002; United States District Court for the Southern District
of New York, The Presbyterian Church of Sudan v. Talisman Energy, 2006; Supreme Court of the United
States, Opinion of the Court 10-1491, Kiobel v. Royal Dutch Petroleum, 17 de abril de 2013; Bowoto
v. Chevron, caso 99-2506, United States District Court for the Northern District of California.
5 El triunfo democrático de Allende como presidente de Chile, en los setenta, fue visto como el
triunfo del socialismo sobre el capitalismo por muchos de los países del bloque soviético, situación
que no caía bien a la política extranjera del Gobierno de Estados Unidos. Algunos comentaristas
sostienen que hubo una combinación de fuerzas entre la Agencia Central de Inteligencia (
CIA
) y la
International Telephone and Telegraph Company (
ITT
) que llevaron a la caída de Allende, con la
instalación del régimen pro occidente de Pinochet. The
UN
and Transnational Corpora-
tions: From Code of Conduct to Global Compact (Bloomington: Indiana University Press, 2008), 56;
234, pie de pág. 4.
6 Deva, “Human Rights Violations”, p. 8. Véase también a Clapham, quien expone los tres tipos de
complicidad corporativa: directa, indirecta y silenciosa. Andrew Clapham y Scott Jerbi, “Categories

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