El mandamiento de pago - El proceso administrativo de cobro coactivo - Libros y Revistas - VLEX 875550930

El mandamiento de pago

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Páginas64-66
El Proceso Administrativo de Cobro Coactivo
64
CAPÍTULO
EL MANDAMIENTO DE PAGO
También denominado MANDAMIENTO EJECUTIVO, es el acto
administrativo que da inicio al proceso administrativo de cobro coactivo, y
mediante el cual se ordena al deudor (contribuyente o deudor en materias
no tributarias) cumplir la obligación contenida en el título ejecutivo, la que
siempre versara sobre una suma liquida de dinero que el deudor debe al
ente público que ejecuta administrativamente por falta de pago, este debe
señalar las obligaciones expresas claras y exigibles, así como los intereses
adeudados por los capitales generados, estos intereses, se señalan como
dato individual hasta la fecha de generación del mandamiento de pago “Mas
los intereses generados hasta la fecha de pago de la obligación” pero que
no pueden ser individualizados hasta tanto no se efectué el pago total de la
obligación.
En cuanto al tipo de documento bajo el cual debe denominarse el
mandamiento de pago, existen diversas interpretaciones, para algunos el
mandamiento de pago es un auto, otros un poco más formalistas le dan
alcance de resolución y otros con una óptica simplemente lo denominan
mandamiento de pago, esta diversidad conceptual deriva de la falta de
precisión del artículo 826 del Estatuto Tributario, que simplemente señala
que “el funcionario competente para exigir el cobro coactivo, producirá el
mandamiento de pago ordenando la cancelación…”, lo que sí es claro es
que este documento o acto administrativo debe tener unos mínimos en su
contenido, a saber una parte considerativa y una parte resolutiva, veamos:
a) PARTE CONSIDERATIVA.
En esta sección debe señalarse como mínimo:
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