Nociones y generalidades del derecho fundamental al debido proceso - Nuevo derecho disciplinario general. Ley 1952 de 2019 - Ley 2094 de 2021 Código General Disciplinario. Segunda Edición - Libros y Revistas - VLEX 974005668

Nociones y generalidades del derecho fundamental al debido proceso

AutorJaime Andrés López Gutiérrez
Cargo del AutorAbogado, especialista en Derecho Público, Derecho Procesal y Derecho Disciplinario
Páginas105-127
Nociones y generalidades del derecho
fundamental al debido proceso
El debido proceso en Colombia se aplica a toda clase de actuaciones judiciales
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derecho fundamental no solo se aplican a los procesos judiciales, sino a todos
los que adelanten autoridades administrativas entre ellos el disciplinario que se
adelanta en la Procuraduría General de la Nación, las Personerías Municipales
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Expresiones del debido proceso en Colombia se aplican vía tratados
internacionales sobre derechos humanos que componen el bloque de
constitucionalidad, el denominado debido proceso constitucional regulado
por el artículo 29 de la Carta de 1991 y otras disposiciones concordantes; Y
el denominado debido proceso legal que está reglado por leyes que regulan
principios propios de este derecho fundamental y que se aplican al interior del
respectivo proceso, por ejemplo el debido proceso disciplinario regulado por
los principios y normas rectoras de la ley disciplinaria establecidos en la Ley
1952 d e 2019.
1. EL DEBIDO PROCE SO EN EL DERECHO IN TERNACIONAL
Como lo expusimos, el debido proceso tiene expresión en normas
internacionales e internas aplicables al proceso disciplinario. Una de ellas,
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Colombia, es la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Sus
artículos 10 y 11 regulan aspectos del debido proceso así:
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída
públicamente y con justici a por un tribunal independ iente e imparcial, para la
determinación de sus d erechos y obligaciones o para el examen de cual quier
acusación contra ella en m ateria penal. (p. 2)
106 Jaime An drés López Gutié rrez
Y en el segundo que:
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su
inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y
en juicio público en el que se le hayan a segurado todas las garantías
necesarias para su d efensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de
cometerse no fueron delict ivos según el Derecho nacional o in ternacional.
Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento
de la comisión del delito. (p. 2)
A su vez en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre, proclamada el mismo año, dispone en el artículo 26:
Se presume que todo ac usado es inocente, hasta qu e se pruebe que es culpable.
Toda persona acusada de delito tiene de recho a ser oída en forma imparcial y
pública, a ser juzgada por t ribunales anteriormente establec idos de acuerdo
con leyes preexistentes y a que no se le imponga penas crueles, infamantes
o inusitadas. (p. 5)
también conocida como Pacto de San José de Costa Rica, en el artículo 8 se
busca dejar claras las “Garantías Judiciales”. Entre ellas encontramos que:
Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro
de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e
imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de
cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación
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otro carácter. (p. 4)
Y en el artículo 9 se menciona el “Principio de Legalidad y de Retroactividad”
donde:
Nadie puede ser condena do por acciones u omisiones que en el momento de
cometerse no fueran delict ivos según el derecho aplicable. Tampoco se pue de
imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del
delito. Si con posteriorida d a la comisión del delito la ley dispone la imposici ón
. (p. 5)
Ahora bien, se debe aclarar que esto “no consiste solamente en las
posibilidades de defensa o en la oportunidad para interponer recursos”,

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