Principales aspectos de la reforma tributaria para la igualdad y la justicia social Ley 2277 de 2022 - Nueva reforma tributaria para la igualdad y justicia social. - Libros y Revistas - VLEX 934141372

Principales aspectos de la reforma tributaria para la igualdad y la justicia social Ley 2277 de 2022

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
XVII
Principales aspectos de la Reforma Tributaria
Para la Igualdad y la Justicia Social
PRINCIPALES ASPECTOS DE LA REFORMA TRIBUTARIA
PARA LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA SOCIAL
LEY 2277 D E 2022
Impuestos sobre la renta
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(Art. 12-1 del E.T.) y se incluye el concepto de tributación por presencia económica
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Se incluye la referencia respecto del Decreto 1088 de 1993, junto a la de las
asociaciones de cabildos indígenas, dentro de las entidades no contribuyentes ni
declarantes (Art. 22 del E.T.);
Se incluye un porcentaje de costo mínimo de mano de obra presunto sobre los
ingresos en las actividades del cultivo de papa (Art. 66-2 del E.T.);
Se deroga el descuento tributario relacionado con el 50% del impuesto de industria
y comercio (Art. 115 del E.T.);
De manera expresa se establece que los pagos relacionados con la contraprestación
económica por regalía, no será tratada como deducción o costos en la renta de los
contribuyentes del sector extractivo (Art. 115 del E.T.);
Se establece una tarifa adicional (sobretasa) en el impuesto de renta para instituciones
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infraestructura del mercado de valores, aseguradoras y reaseguradoras; sociedades
que exploten hulla, carbón lignito, petróleo crudo; y sociedades dedicadas a la
generación eléctrica a través de recursos hídricos (Art. 240 del E.T.);
Se incrementa la tarifa del sector hotelero y parques temáticos de ecoturismo y/o
agroturismo, así como a las empresas editoriales, al pasar de un 9% de tarifa de
renta, a un 15% (Art. 240 del E.T.);
Se establece una tarifa mínima de tributación del 15% para algunos contribuyentes
personas jurídicas del régimen ordinario (Art. 240 del E.T.);
Se establecen condiciones para acceder a la tarifa del 20% sobre el impuesto de
renta para los usuarios industriales de zona franca (Art. 240-1 del E.T.);
Se derogan algunas rentas exentas, dentro de las cuales se encuentran: servicios de
ecoturismo, empresas de economía naranja, incentivo para el desarrollo del campo
colombiano, utilidad en la enajenación de predios para el desarrollo de proyectos de
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de titularización de cartera hipotecaria y de los bonos hipotecarios (Art. 16 de la Ley
546 de 1999), plantaciones forestales de guadua, caucho y marañón, transporte
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Se deroga el régimen de mega inversiones (Art. 235-3 del E.T.);
Se deroga el descuento tributario por donaciones tendientes a lograr la inmunización
de la población colombiana frente al Covid-19 o cualquier otra pandemia (Art. 257-2
del E.T.);
Se establece la posibilidad de realizar aportes voluntarios en la declaración del
impuesto sobre la renta (Art. 244-1 del E.T.);

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