Capítulo 10. Organización espacial de la hacienda pública - Hacienda pública: asignación de recursos, distribución del ingreso y la riqueza, formación de capital y estabilización económica - Libros y Revistas - VLEX 951516236

Capítulo 10. Organización espacial de la hacienda pública

AutorGermán Puentes González
Páginas274-300
E
Capítulo 10
Organización espacial de la hacienda pública
l tema de este capítulo: la organización espacial de la hacienda pública,
se desarrolla en cuatro secciones, de la siguiente manera: primero una
sección referida a los aspectos teórico-conceptuales; en segundo lugar una
sección concierne a los aspectos constitucionales y legales, es decir, el
diseño institucional del Estado colombino sobre la descentralización fiscal;
la tercera parte se concentra en los aspectos prácticos de organización
espacial de las finanzas territoriales; y la cuarta sección se dedica a
comentar la situación actual del proceso de asignación de recursos y
competencias a las entidades territoriales y el futuro de dicho proceso.
Aspectos teórico-conceptuales
La organización espacial de la hacienda pública tiene que ver con el diseño
institucional que el país ha adoptado para resolver los problemas de la
sociedad, desde una de estas tres posibilidades: 1) que haya un solo centro
de impulsión de las decisiones para toda la geografía (territorio), las cuales
presiden la dinámica de las relaciones entre el ciudadano y la
administración pública; 2) que haya tantos centros de impulsión de la
decisiones como reparticiones territoriales o niveles de la administración
pública haya en el Estado; 3) que haya un centro de impulsión de tales
decisiones cuyas directrices y orientaciones sean compartidas entre el poder
central y uno o más de los centros administrativos territoriales.
Es claro que dada la complejidad de la sociedad, la economía, la cultura
y las relaciones con el medio ambiente y el entorno en general, es difícil
encontrar en la vida real, en estado puro, alguno de los modelos o diseños
institucionales antes mencionados. Lo que realmente existe, con
independencia del tipo de Estado (federal o unitario), es una mixtura en la
cual varias decisiones son compartidas por centros de impulsión territorial
coadyuvados por el centro, o a la inversa: el centro apoyado en los niveles
territoriales para que las decisiones tengan posibilidades efectivas de éxito.
Teoría del federalismo fiscal
Esta tiene que ver con la concepción que se tenga de Estado. La técnica
jurídico- administrativa aconseja, en aras de la eficiencia y eficacia,
establecer varios niveles o esferas de relación entre el Estado y el
ciudadano. Lo fiscal no es la excepción y por ello la distribución de
responsabilidades en esta materia es lo que se conoce como federalismo
fiscal. De acuerdo con Eduardo Wiesner Durán, director de la Misión para
la Descentralización, el federalismo fiscal:
Tiene que ver con la capacidad de los gobiernos y de sus distintos niveles para utilizar
eficientemente los recursos públicos, puestos a su disposición. Cuando los sectores públicos de
muchos países absorben entre un 25 a 30 por ciento del total de los recursos disponibles se
comprende bien que el tema de la eficiencia de los gobiernos no es algo secundario. De esa
eficiencia va a depender, en una gran medida, el crecimiento a largo plazo de los países y la
calidad de la vida de la mayoría de los habitantes. (1992: 46)
El tema de la importancia del Estado en el manejo de las finanzas
públicas y lo grande o pequeña que en términos del PIB resulta la riqueza
que toma para su existencia y el cumplimiento de sus propósitos, es
desarrollado a profundidad en el capítulo dedicado al gasto público.
En esencia el federalismo fiscal, se trata de la estructura vertical del sector público y de las
interrelaciones que existen entre los diferentes niveles de Gobierno. En las finanzas públicas
tradicionales éste es el conocido problema de la asignación de funciones y distribución de
instrumentos tributarios y fiscales […] Dentro del tema del federalismo fiscal, ha surgido
también una derivación de la teoría clásica de los bienes públicos que se denomina la “teoría
de los bienes públicos locales”. La diferencia entre las dos es que en la teoría convencional de
los bienes públicos, la población de cada comunidad se supone que es fija; mientras que en la
teoría de los bienes públicos locales, el proceso de migración territorial cambia los tamaños de
las poblaciones en forma constante. (Wiesner Durán, 1992: 47-48)
El proceso de descentralización fiscal de Colombia
En Colombia, la descentralización fiscal puede caracterizarse como un
proceso de incremento gradual de las autonomías y las funciones que
ejercen las entidades territoriales. En Colombia el asunto no es de
transferencias ni de competencias ni de recursos. El diseño de la
arquitectura organizacional asignó responsabilidades al nivel nacional y
también al nivel territorial, esto es, no hubo ninguna transferencia. El
producto que elaboró la Asamblea Nacional Constituyente salió así de la

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