Capítulo 7. La deuda pública: un instrumento de financiación y de regulación económica - Hacienda pública: asignación de recursos, distribución del ingreso y la riqueza, formación de capital y estabilización económica - Libros y Revistas - VLEX 951516228

Capítulo 7. La deuda pública: un instrumento de financiación y de regulación económica

AutorGermán Puentes González
Páginas217-237
E
Capítulo 7
La deuda pública: un instrumento de financiación
y de regulación económica
n este capítulo se desarrolla el tema de la deuda pública desde diversas
perspectivas, con el fin de lograr al final de su lectura una visión
relativamente clara acerca de los elementos implícitos, su origen y
evolución, la estructura según los plazos y según la procedencia, sus efectos
en la economía, los límites del endeudamiento, el servicio de la deuda y su
sostenibilidad, sobre quiénes recae la deuda, quién o quiénes la pagan y su
utilidad como apalancamiento financiero en la consecución de bienestar
para la comunidad.
El manejo de los asuntos públicos obliga a los gobernantes a interrogarse
acerca de cuáles son los recursos con que cuentan para financiar el gasto
público que se requiere para asegurar el funcionamiento del Estado y
resolver los grandes problemas de la sociedad. Normalmente se utilizan los
recursos propios, es decir, los recursos fiscales provenientes de los
impuestos, como por ejemplo el de la renta o el IVA, y de los no fiscales o
patrimoniales, como los dividendos recibidos por participación accionaria.
Cuando los ingresos son insuficientes para atender todos los gastos,
especialmente los de formación de capital bajo todas sus modalidades, se
recurre al endeudamiento para obtener recursos que a la larga son impuestos
diferidos. Tomar una u otra fuente para financiar el gasto público parece ser
un “aparente dilema”.
La deuda como fuente normal, ordinaria o corriente para contribuir a la
financiación del gasto público fue impulsada, admitida y justificada por la
corriente keynesiana en los años treinta, cuando a través de su caja de
herramientas aconsejaba utilizar el presupuesto público con superávit o
déficit según la coyuntura económica (inflación o recesión) que se estuviera
enfrentando. Antes los Estados, dada su concepción de Estados mínimos,
recurrían a las deudas para, fundamentalmente, sufragar y atender los gastos
de las guerras en los procesos permanentes de dominación, conquista y
colonización de territorios y pueblos. Para la hacienda tradicional, por
llamarla de alguna manera, los créditos eran un tanto exóticos para el
funcionamiento normal del Estado.
A medida que se fueron consolidando los sistemas hacendísticos y
tributarios, igualmente se consideraron otras fuentes para financiar el gasto
público, primero bajo la modalidad de excepcionales o extraordinarios y
poco a poco se convirtieron en fuentes normales, hasta llegar a lo que hoy
existe donde la deuda es considerada un recurso más dentro de los
presupuestos de las naciones. En algunos casos es tan importante por su
cuantía como los ingresos corrientes. En el caso colombiano, el origen y
evolución de la deuda se verá con más detalle algunas páginas más adelante
en este mismo capítulo.
Deuda o impuestos: he ahí la equivalencia ricardiana
De acuerdo con Fergusson y Suárez: “Entre las decisiones que deben
tomarse al definir la financiación de un determinado nivel de gasto público,
una disyuntiva obvia es la de acudir a impuestos corrientes o a la emisión
de deuda. ¿Cuándo conviene imponer gravámenes sobre la actividad
económica para cubrir los gastos del sector público? ¿Cuándo, por el
contrario, es deseable endeudarse?” (2010: 25).
Estos interrogantes son intrascendentes para un ciudadano común y
corriente, mas no así para los estudiosos de la hacienda pública. Un
ciudadano, en su condición de contribuyente, sabe que tarde o temprano
tendrá que sufragar los gastos del Estado, con independencia de que hoy los
financie con impuestos o con la emisión de deuda. En cambio, para los
estudiosos del tema, la decisión de elegir una u otra fuente de financiación
(impuestos o deuda) despierta un enorme interés que los lleva a recordar
qué dijeron los clásicos sobre el particular. Recurren así a la figura de la
“equivalencia ricardiana”, en honor del economista clásico David Ricardo.
En la apreciación de Fergusson y Suárez: “la deuda y los impuestos son
equivalentes para financiar una trayectoria de gasto público porque no
afectan las decisiones de consumo del sector privado. El argumento
fundamental es que los consumidores racionales ahorran cualquier
reducción en impuestos corrientes, previendo que el gobierno incrementará
los impuestos futuros para financiar la misma trayectoria de gasto público”

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR