Capítulo III: Objeto de los Derechos Reales: Los Bienes - Derechos reales - Libros y Revistas - VLEX 945534460

Capítulo III: Objeto de los Derechos Reales: Los Bienes

Páginas31-36
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1. Concepto. En el campo de los derechos reales el objeto de
estos es un bien corporal, presente y determinado, sobre el que el
sujeto de derecho ejercita de manera directa e in mediata un poder
jurídico. Antes de focalizarnos directamente en ellos, se hace
necesario esclarecer la relación y la diferencia que existe entre las
cosas y los bienes.
a. Cosa en sentido general. En su sentido más amplio y utilizando
la técnica de la exclusión, cosa es todo lo que no es persona.
Comprende así, a todos los objetos corporales sea que puedan
ser apropiables o no. En este orden de ideas se consideran cosas
en sentido general la altamar, un libro, los objetos abandonados
voluntariamente por su dueño, etc.
b. Cosa en sentido particular. Nos referimos aquí de manera
exclusiva a las cosas en sentido general susceptibles de apro-
piación al patrimonio del individuo. Por manera, que del listado
anterior con excepción de la altamar que siempre será una cosa
en sentido general15, todas las demás se consideran cosas en
sentido particular.
c. Bienes16. Son las cosas en sentido particular que además de
prestarnos utilidad, por tener un valor económico en dinero,
han sido efectivamente apropiadas de manera individual, es
decir, que se han incorporado efectivamente al patrimonio de
una persona bajo la forma de derecho real, a través de alguno de
15 Lo anterior no es óbice para que en o casiones cosas que no son bienes en su
estado natur al, como el aire atmosférico, puedan ser apropiados de m anera
limitada , como sucede con el oxígeno en pipetas.
16 Cuyo étimo latino es bona: bienes , riquezas.

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