Principios de la contratación estatal - Manual de contratación de la administración pública. Reforma de la Ley 80 de 1993 - Libros y Revistas - VLEX 947319682

Principios de la contratación estatal

AutorErnesto Matallana Camacho
Cargo del AutorAbogado de la Universidad Externado de Colombia
Páginas275-460
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principios de la contratacin estatal
En la exposición de motivos de la Ley 80 de 1993128 el legislador es claro en
señalar que la expedición del nuevo Estatuto de Contratación estatal es un
desarrollo del artículo 209 c. p., de conformidad con el cual la función admi-
nistrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, por
cuanto se estructura sobre principios generales a los cuales deben sujetarse
las entidades públicas y los contratistas en su actuar contractual. Con la
consagración de los principios de transparencia, economía y responsabilidad
se establecen las garantías para que la contratación se consolide como un
eficaz instrumento para el cumplimiento de los objetivos estatales.
De acuerdo con dáVila129, hay que distinguir entre los principios y
las simples reglas o disposiciones, pues la Ley 80 es una ley de principios,
a diferencia del Decreto 222de 1983 que era un cuerpo de reglas. La
regla es aquella proposición que tiene por objeto describir una acción u
omisión, por lo cual su redacción es concreta e impersonal y el intérprete
no tiene que emitir ningún juicio de valor, sino simplemente verificar si
el caso concreto encaja o no en la tipificación, lo que se traduce en que la
regla no pueda ser aplicable por extensión. Los principios son criterios
que permiten adoptar una posición específica ante una determinada si-
tuación, provocando su aceptación o su rechazo; son fruto del consenso
de una comunidad respecto de unos valores que ella defiende, lo que tiene
como consecuencia que algunos comportamientos se admitan y otros se
rechacen. Y agrega el autor:
Cuando se afirma que la Ley 80 es una ley de principios, se está manifestando que
se promulgó bajo la hipótesis de que ha de resultar aplicable tanto a situaciones
presentes como futuras y que, sin importar el caso concreto que se esté presentan-
do, o las circunstancias que lo rodeen, la norma debe proveer de los mecanismos
necesarios para afrontarlo, por cuanto indica los valores que deben prevalecer.
Por consiguiente no se trata de un estatuto caracterizado por prohibiciones o por
formalismos. Es, más bien, un conjunto de reglas sobre la administración de un
contrato.
128 Gaceta del Congreso, n.º 75, cit., p. 16.
129 dáVila Vinueza. Ob. cit., pp. 20 a 21.
Manual de Contratación de la Administración Pública. Reforma de la Ley 80 de 1993
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concepto de regla y principio en robert aley
Empieza robert alexy por proponer “Los principios como mandato de
optimización”130, indicando que los principios son nor mas que ordenan que
“algo” sea realizado en la medida de lo posible, dentro de las posibilidades
jurídicas y reales existentes; por lo tanto, los principios son mandatos de
optimización caracterizados por el hecho de que pueden ser cumplidos en
diferente grado y la medida de su cumplimiento no solo depende de las po-
sibilidades reales sino también de las jurídicas, lo cual es un punto decisivo
para la distinción entre reglas y principios. El ámbito de las posibilidades
jurídicas está determinado por los principios y reglas opuestos.
En cambio las reglas son normas que solo pueden ser cumplidas o no.
Si una regla es válida entonces debe hacerse lo que ella exactamente exige,
ni más ni menos. Y agrega:
Por lo tanto, las reglas contienen determinaciones en el ámbito de la fáctica y ju-
rídicamente posible. Esto significa que la diferencia entre reglas y principios es
cualitativa y no de grado. Toda norma es o bien una regla o un principio.
Una vez vistas las definiciones de regla y principio, alexy llama la atención
sobre las colisiones de principios y conflictos de reglas. Según el autor, cuan-
do las normas se aplican de manera independiente conducen a resultados
incompatibles, es decir, a dos juicios de deber ser jurídico contradictorio.
Se diferencian en la forma como resuelven el conflicto.
El conflicto de reglas solo se soluciona o bien introduciendo en una de
ellas una cláusula de excepción que elimine el conflicto o declarando inválida
por lo menos una de las reglas131. Si una solución de este tipo no es posible,
por lo menos una de las reglas tiene que ser declarada inválida y con ello
eliminada del ordenamiento jurídico. El concepto de validez jurídica no es
graduable: una norma vale o no vale jurídicamente. Que una regla vale y es
130 robert alexy. Teoría de los derechos fundamentales, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales,
1993. Versión castellana de ernesto garzón Valdéz, rutH ziMMerling (rev.), pp. 86 a 90
131 Un ejemplo propuesto por alexy para explicar esta teoría se refiere a la prohibición de aban-
donar la sala antes de sonar el timbre de salida y la orden de abandonarla en caso de alarma de
incendio. Si todavía no ha sonado el timbre de salida y se da la alarma de incendio, estas reglas
conducen a juicios concretos de deber ser contradictorios entre sí. Este conflicto se soluciona
introduciendo en la primera regla una cláusula de excepción para el caso de alarma de incendio.
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Principios de la contratación estatal
aplicable a un caso significa que también vale su consecuencia jurídica. En
otras palabras:
Si se constata la aplicabilidad de dos reglas con consecuencias recíprocamente
contradictorias en el caso en concreto y esta contradicción no puede ser eliminada
mediante una cláusula de excepción, hay entonces que declarar inválida, por lo
menos una de las reglas.
La manera como se resuelven estos conflictos para determinar cuál de las
reglas debe ser eliminada es aplicando reglas tales como “legis posterior
derogat legi priori” y “legis specialis derogat legis generalis”, pero también es
posible proceder de acuerdo con la importancia de las reglas en conflicto:
“Lo fundamental es que la decisión es una decisión acerca de la validez”.
En cuanto a la colisión de principios132, ésta debe resolverse de manera
distinta: cuando dos principios entran en colisión, uno tiene que ceder ante
el otro, pero esto no significa declarar inválido al principio desplazado ni
que en él haya que introducir una cláusula de excepción, y agrega el autor:
Esto es lo que quiere decir cuando se afirma que en los casos en concreto los
principios tienen diferente peso y que prima el principio con mayor peso. Los
conflictos entre reglas se llevan a cabo en la dimensión de la validez; la colisión de
principios –como solo pueden entrar en colisión principios válidos– tiene lugar
más allá de la dimensión de la validez, en la dimensión del peso.
Esta ley, de acuerdo con el autor, se denomina la “ley de colisión”, y refleja
el carácter de los principios como mandatos de optimización, en donde no
existen relaciones absolutas de precedencia, y se refieren a acciones y situa-
ciones que no son cuantificables.
Volviendo a la definición de principio y regla, alexy reitera que los
principios133 ordenan que algo deba ser realizado en la mayor medida de lo
posible, teniendo en cuenta las posibilidades jurídicas y prácticas, lo cual
quiere decir que no contienen mandatos definitivos. Bajo otra perspectiva, los
principios presentan razones que pueden ser desplazadas por otras razo nes
opuestas. Caso contrario sucede con las reglas, pues de acuerdo con la defi-
132 Ibíd., p. 89.
133 Ibíd., pp. 98 a 103.

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