Reglamento de trabajo y mantenimiento del orden en el establecimiento - Primera parte - Código sustantivo del trabajo - Códigos Sustantivo y Procesal del Trabajo - Libros y Revistas - VLEX 731885637

Reglamento de trabajo y mantenimiento del orden en el establecimiento

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas90-99

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Capítulo I Reglamento

ARTÍCULO 104. DEFINICIÓN. (Aparte en cursiva, remplazado por disposición del artículo 107 de la Ley 50 de 28 de diciembre de 1990). Reglamento de trabajo es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio.

CONCORDANCIAS: ('Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.conf

Código Sustantivo del Trabajo: Art. 23 num. 1 lit. b), Art. 57 num. 9, Art. 58 num. 1, Art. 62 lite, a) num. 6 y lit. b) num. 8, Arte. 107 al 110 y 349.

• *Ley 1010 de 23 de enero de 2006: Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.corn)

• CONCEPTO 83764 DE 13 DE MAYO DE 2015. MINISTERIO DE TRABAJO. Procedimiento sancionatorio.

• CONCEPTO 303742 DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2009 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Causas de despido justo de trabajadores.

• CONCEPTO 76982 DE 27 DE MARZO DE 2008 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Regulación del uso de Internet dentro del RIT.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.coni)

SENTENCIA C-478 DE 13 DE JUNIO DE 2007 CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. RODRIGO ESCOBAR GIL. El reglamento de trabajo como facultad disciplinaria.

ARTICULO 105. OBLIGACIÓN DE ADOPTARLO. (Apartes en cursiva, remplazados por disposición del artículo 107 de la Ley 50 de 28 de diciembre de 1990).

  1. Está obligado a tener un reglamento de trabajo todo empleador que ocupe más de cinco (5) trabajadores de carácter permanente en empresas comerciales, o más de diez (10) en empresas industriales, o más de veinte (20) en empresas agrícolas, ganaderas o forestales.

  2. En empresas mixtas, la obligación de tener un reglamento de trabajo existe cuando el empleador ocupe más de diez (10) trabajadores.

    CONCORDANCIAS:

    Código Sustantivo del Trabajo: Arte. 56, 194 y 291.

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    JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.corn) • SENTENCIA M78 DE 13 DE JUNIO DE 2007 CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. RODRIGO ESCOBAR GIL. Connotación jurídica de la sanction laboral.

    ARTICULO 106. ELABORACIÓN. (Aparte en cursiva, remplazado por disposición del artículo 107 de la Ley 50 de 28 de diciembre de 1990). El empleador puede elaborar el reglamento sin intervención ajena, salvo lo dispuesto en pacto, convención colectiva, fallo arbitral o acuerdo con sus trabajadores.

    • Articulo 106 declarado CONDICIONALMENTE EXEQUIBLE "siempre y cuando se entienda que en aquellas disposiciones del reglamento de trabajo que afecten directamente a bs trabajadores, como son las escalas de sanciones y faltas y el procedimiento para formular quejas, debe el empleador escuchar a los trabajadores y abrir el escenario propio para hacer efectiva su participación", por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-934 de 29 de septiembre de 2004, Magistrado Ponente Dr. Jaime Córdoba Triviño.

    DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.corn)

    • CONCEPTO 83764 DE 13 DE MAYO DE 2015. MINISTERIO DE TRABAJO. Procedimiento sancionatorio.

    ARTICULO 107. EFECTO JURÍDICO. El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores del respectivo establecimiento, salvo estipulación en contrario, que, sin embargo, sólo puede ser favorable al trabajador.

    CONCORDANCIAS:

    Código Sustantivo del Trabajo: Arts. 21, 22 y 23.

    DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.corn)

    • CONCEPTO 133248 DE 24 DE JULIO DE 2015. MINISTERIO DE JRABAJO.Utilización de la huella digital como medio biométrico para el control del horario de trabajo y cuestiones de tipo disciplinario de los trabajadores.

    • CONCEPTO 83764 DE 13 DE MAYO DE 2015. MINISTERIO DE TRABAJO. Procedimiento sancionatorio.

    • CONCEPTO 46629 DE 21 DE FEBRERO DE 2011 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Jornada de trabajo.

    • CONCEPTO 186894 DE 2 DE JULIO DE 2010 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Cooperativas - Empresas de Transporte. Reglamento Interno de Trabajo.

    ARTICULO 108. CONTENIDO. (Apartes en cursiva, remplazados por disposición del artículo 107 de la Ley 50 de 28 de diciembre de 1990). El reglamento debe contener disposiciones normativas de los siguientes puntos:

  3. Indicación del empleador del establecimiento o lugares de trabajo comprendidos por el reglamento.

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  4. Condiciones de admisión, aprendizaje y período de prueba.

  5. Trabajadores accidentales o transitorios.

  6. Horas de entrada y salida de los trabajadores; horas en que principia y termina cada turno si el trabajo se efectúa por equipos; tiempo destinado para las comidas y períodos de descanso durante la jornada.

  7. Horas extras y trabajo nocturno; su autorización, reconocimiento y pago.

  8. Días de descanso legalmente obligatorio; horas o días de descanso convencional o adicional; vacaciones remuneradas; permisos, especialmente lo relativo a desempeño de comisiones sindicales, asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica.

  9. Salario mínimo legal o convencional.

  10. Lugar, día, hora de pagos y período que los regula.

  11. Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que el empleador suministre.

  12. Prescripciones de orden y seguridad.

  13. Indicaciones para evitar que se realicen los riesgos profesionales e instrucciones, para prestar los primeros auxilios en caso de accidente.

  14. Orden jerárquico de los representantes del empleador, jefes de sección, capataces y vigilantes.

  15. Especificaciones de las labores que no deben ejecutar las mujeres y los menores de dieciséis (16) años.

  16. Normas especiales que se deben guardaren las diversas clases de labores, de acuerdo con la edad y el sexo de los trabajadores, con miras a conseguir la mayor higiene, regularidad y seguridad en el trabajo.

  17. Obligaciones y prohibiciones especiales para el empleador y los trabajadores.

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  18. Escala de faltas y procedimientos para su comprobación; escala de sanciones disciplinarias y forma de aplicación de ellas.

  19. La persona o personas ante quienes se deben presentar los reclamos del personal y tramitación de éstos, expresando que el trabajador o los trabajadores pueden asesorarse del sindicato...

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