El Sistema General de Riesgos Laborales. Bases para su comprensión - Seguridad social. Temas esenciales - Libros y Revistas - VLEX 935366704

El Sistema General de Riesgos Laborales. Bases para su comprensión

AutorGermán Ernesto Ponce Bravo
Páginas289-363

CAPÍTULO 8. EL SISTEMA GENERAL
DE RIESGOS LABORALES. BASES
PARA SU COMPRENSIÓN
Germán Ernesto Ponce Bravo,
con la colaboración de Stephanie Pino Castillo
Consecuente con la f‌inalidad de este capítulo, en el sentido
de presentar una introducción al sistema general de ries-
gos laborales, su estructura traza la evolución normativa del
sistema desde sus antecedentes, para luego abordar las cifras
más actuales de su desempeño y, en los apartados siguientes,
explicar, a partir del modelo vigente del sistema, quiénes son
sus actores, cuáles son las coberturas o riesgos que cubre, así
como la estructura f‌inanciera que soporta su desempeño y da
sustento a la provisión del plan de benef‌icios o prestaciones.
El último segmento expone algunos retos actuales del sistema.
De entrada, hay que dejar claro que el elemento central que
def‌ine el éxito en la protección del riesgo laboral lo constituye
su componente de prevención y promoción de la salud y la
seguridad en el trabajo. Esta nota característica determina
la diferencia en el modelo de operación frente a los otros sub-
sistemas de la seguridad social y estará presente en la totali-
dad de esta exposición.

Germán Ernesto Ponce Bravo
Antecedentes
El sistema de seguridad social en el ámbito de los riesgos laborales se origina en la
necesidad de proteger al trabajador que se encuentra expuesto a contingencias en su
ambiente laboral que pueden afectar su salud. De esta manera, la responsabilidad
por la seguridad de los trabajadores se atribuye al empleador, bajo el principio de que
toda actividad productiva o de servicios comprende riesgos (Conte-Grand, 1999).
Esto explica por qué la esencia de la protección social del riesgo laboral es la preven-
ción de los riesgos, antes que la reparación de los daños; por esta razón, en la última
década el esfuerzo regulatorio de este sistema se ha concentrado en transformar los
programas de salud ocupacional en un sistema de gestión integrado a la operación
diaria (Velásquez, 2016).
La evolución normativa del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)
en Colombia ha sido sustancial y, actualmente, la más importante se concreta en
el modelo de trasferencia del riesgo, en el marco de libre elección y competen-
y sus decretos reglamentarios. El consenso doctrinal sobre la evolución legal del
modelo de protección de los riesgos laborales permite identif‌icar cinco etapas o
fases (Cortés, 2015). Cada una de estas conllevó un cambio importante frente a la
anterior, pues las necesidades de protección del sistema corren de manera simul-
tánea con la evolución del sistema productivo y las relaciones laborales (Figura 1).
a. Responsabilidad Subjetiva
1915 AT
Ley 90
de 1946
ICSS
Decretos
3169 y
3170 de
1964
Decreto
de 1994
SGRP
de 2012
c. Seguro social público
d. Seguro
social mixto
e. Riesgos
laborales en la
protección
social
b. Responsabilidad Objetiva:
Prestaciones patronales
Figura 1. Evolución del sistema general de riesgos laborales
Fuente: Cortés (2015).

Capítulo 8. El Sistema General de Riesgos Laborales. Bases para su comprensión
En síntesis, existen dos tipos de teorías sobre el fundamento jurídico de la respon-
sabilidad patronal derivada de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales,
clasif‌icadas como subjetivas y objetivas. Este tránsito se evidencia en la evolución
normativa colombiana de riesgos laborales (Arenas, 2011). Las teorías subjetivas
señalaban que para determinar la responsabilidad del empleador solo debe consi-
derarse la culpa o la vinculación de las personas en un accidente de trabajo o una
enfermedad laboral. De otro lado, las teorías objetivas se fundamentan en que toda
actividad material implica para quien la ejecuta o contribuye a ejecutarla un riesgo
determinado, lo que genera presunción de responsabilidad a cargo de quien está al
frente de dicha actividad o se benef‌icia de ella (Rodríguez, 2016).
En este orden de ideas, la Ley 57 de 1915 consagró el reconocimiento de: pres-
taciones médico-asistenciales por accidentes de trabajo y enfermedad profesional;
responsabilidad del empleador; tipos de incapacidades; indemnizaciones a cargo del
empleador, cuando el trabajador queda afectado en su integridad física a causa de
una contingencia originada en el trabajo (Gómez, 2015).
Esta consagración normativa rompió con la antigua tradición civilista del Código
Civil napoleónico de 1804, según la cual, por ejemplo, el tratamiento “laboral” de
los “criados domésticos” era bajo la f‌igura del arrendamiento de servicios. Este
principio
… será modif‌icado por el concepto de contrato de trabajo, sobre el cual se basa-
rán las futuras leyes laborales. La legislación laboral del continente […] aportó
nuevas instituciones jurídicas, como las relacionadas con las indemnizaciones
por accidentes de trabajo; en el caso de Colombia, las Leyes 57 de 1915 y 133 de
1931 modif‌icaron el criterio tradicional sobre la Culpa y la Responsabilidad Civil
que albergaba el Código Civil. (Avella, 2012)
En este orden de ideas,
… los antiguos rudimentos de legislación laboral venían incorporados en la civil
y en la comercial, de acuerdo con la tradición jurídica internacional. En América
Latina la opción acogida por varios países fue la de la codif‌icación de las leyes
laborales, tras procesos jurídicos y políticos prolongados. Colombia siguió dicho
camino; lo emprendió a mediados de los veinte, y después de algunos intentos
malogrados o parciales pudo expedir una Ley General del Trabajo en 1945, y
f‌inalmente el Código del Trabajo en 1950. Este largo devenir estuvo precedido
por un período de producción de leyes sociales aisladas, concentrado entre 1915
y 1930, al igual que en el resto de América Latina. (Avella, 2012)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR