Figuras 'aparentemente semejantes' no constitutivas de la aplicación del principio de oportunidad - Instituciones procesales penales consensuales - Instituciones procesales penales consensuales. Tomo II, La oportunidad como principio complementario del proceso penal - Libros y Revistas - VLEX 950955971

Figuras 'aparentemente semejantes' no constitutivas de la aplicación del principio de oportunidad

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J. figuras aparentemente semejantes
no constitutivas de la aplicacin
del principio de oportunidad
En España algunos autores hacen de la figura de la conformidad una ex-
presión del principio de oportunidad (Ávila et al., 999, pp. 73-74). Otro
sector de la doctrina indica que ello puede introducir confusión, pero no
demerita su validez (Armenta Deu, 995, p. 209)63, aunque otros reconocen
sus estrechas relaciones (Vives Antón, 995, p. 284).
Otra institución, como las alegaciones preacordadas que ponen fin a un
proceso penal son calificadas como expresiones del principio de oportunidad
(Guerrero Peralta, 2005, p. 48)64.
Tal debate gravitó en la exposición de motivos del proyecto de acto le-
gislativo respecto a la reforma de los artículos 250 y 25 de la Carta Política,
así como en la ponencia para primer debate en la Cámara de Representantes,
al señalarse como expresión del principio de oportunidad la aplicación de la
sentencia anticipada y de la audiencia especial65.
Las anteriores son, sin duda alguna, expresiones del género disposición
de la acción penal en términos generales, que puede tener un alcance amplio
y otro restringido:
. con alcance amplio
Pertenecen a este alcance amplio instituciones como la sentencia anticipada
y la audiencia especial en los Códigos de Procedimiento Penal de 99 y
2000, y muy especialmente el principio de oportunidad y los preacuerdos,
negociaciones y aceptaciones totales o parciales de cargos (artículos 32 a
330 y 348 a 354 de la Ley 906 de 2004).
63 Para Colombia, se dice que la conformidad y negociación de cargos no hacen parte del principio
de oportunidad, aun cuando este también es un mecanismo que se desprende de “la posibilidad
de disposición de la pretensión penal” (mestre ordóñez, 2003, p. 54).
64 En igual sentido, bazzani montoya (2006).
65 Gaceta n.º 34 de 2002, Proyecto de Acto Legislativo 237 Cámara y Gaceta n.º 48 de 2002. En
reforma constitucional de la justicia Penal (2002, pp. 20 y 25).

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