Régimen de inhabilidades e incompatibilidades de las entidades supervisadas - De las disposiciones comunes a las entidades supervisadas - Circular externa 007 de 2008 - Entidades sin Animo de Lucro. Comentado - Concordado - Doctrina - Jurisprudencia - Libros y Revistas - VLEX 396734610

Régimen de inhabilidades e incompatibilidades de las entidades supervisadas

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas441-444
De las disposiciones comunes a las entidades supervisadas 441
Circular Externa Supersolidaria No. 8 de 2009: Cumplimiento Decreto 4588 de 2006 y
Ley 1233 de 2008 / Cancelación de la personalidad jurídica para las cooperativas y
precooperativas de trabajo asociado que no adecuaron sus regímenes y estatutos de
acuerdo a la normatividad.
Circular Contable y Financiera Supersolidaria No. 4 de 2008: Cap. I num. 1 y num.
10.4; Cap. II num. 2.2, 2.3.2, 2.4, num. 2.4.2, 2.4.3 y num. 4.6; Cap. V num. 2; Cap. VI
num. 2, num. 3; Cap. VII num. 1 y 2, num. 2.1.1, num. 2.2, num. 3.1; Cap. VIII nums. 1 y
2; Cap. IX num. 2.2, num. 5; Cap. X num. 1, num. 3; Cap. XII num. 1.5; Cap. XIV num. 1,
num. 1.5 y num. 2.8.4, 4.3.
Circular Externa Supersolidaria No. 1 de 1999: Actividad financiera de las entidades
sometidas a la supervisión de la superintendencia de la economía solidaria.
DOCTRINA: ( • Para su consulta ver CD).
OFICIO TRIBUTARIO 098984 DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2006. DIAN. Régimen
tributario especial. Creación de fondos con 50% del remanente.
JURISPRUDENCIA: ( • Para su consulta ver CD).
SENTENCIA C-452 DE 3 DE JUNIO DE 2003. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P.
DR. JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO. La aprobación de normas generales en materia
contable por parte de superintendencias y órganos de control está condicionada por dos
circunstancias específicas, a saber: 1ª) debe estar directamente relacionada con el
cumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia y control a su cargo, y 2ª) deberá
darse dentro de los límites fijados en la Constitución, la ley y las determinaciones que sobre
la materia adopte el Contador General de la Nación.
SENTENCIA C-779 DE 25 DE JULIO DE 2001. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P.
DR. JAIME ARAUJO RENTERÍA. Actividad financiera de las empresas del sector
solidario.
SENTENCIA C-211 DE 1 DE MARZO DE 2000. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P.
DR. CARLOS GAVIRIA DÍAZ. Sanción administrativa que puede imponer el
Superintendente a los directores, gerentes, revisores, fiscales u otros funcionarios o
empleados de la una entidad sujeta a su vigilancia.
CAPÍTULO X.
RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES DE LAS
ENTIDADES SUPERVISADAS.
1. FUENTES.
1.1. Legales
Las fuentes legales, como su nombre lo indica, tienen como fuente la ley y se encuentran
establecidas expresamente en el artículo 60 de la Ley 454 de 1998. Esta norma al
referirse a las inhabilidades e incompatibilidades de los miembros del consejo de
administración y vigilancia de las cooperativas, dispuso expresamente lo siguiente:

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