Análisis económico de los grupos empresariales. La toma de decisiones en un grupo de empresas - Parte aplicada. El análisis económico del derecho colombiano en acción - Teoría y puesta en práctica del análisis económico del derecho colombiano - Libros y Revistas - VLEX 777743037

Análisis económico de los grupos empresariales. La toma de decisiones en un grupo de empresas

AutorMaría Fernanda Peña Bortone
Cargo del AutorAbogada de la Universidad de Los Andes
Páginas235-249
ANÁLISIS ECONÓMICO DE LOS GRUPOS EMPRESARIALES.
LA TOMA DE DECISIONES EN UN GRUPO DE EMPRESAS
maría fernanda peña bortone
*
Resumen: Los grupos de sociedades son un tipo de organización empresa-
rial que se ha convertido en una realidad económica que cada día gana más
espacio en el sistema económico mundial; sin embargo, no es clara su definición
y regulación en el sistema jurídico. Las grandes empresas se organizan así, bajo
una dirección unitaria, porque les permite disminuir costos, aumentar ganancias
y diversificar la oferta, entre otras razones. Pese a esto, dicha forma presenta
el problema del perjuicio o la desventaja que las instrucciones de la empresa
controlante pueden producir en la controlada. Para remediarlo, algunos países
han aplicado la teoría de las ventajas compensatorias o doctrina Rozenblum,
que puede entenderse como la aplicación del criterio Kaldor-Hicks. El presente
capítulo estudiará desde la perspectiva del análisis económico del derecho la
aplicación de ese criterio.
Palabras clave: grupo de sociedades, grupo empresarial, teoría de las ventajas
compensatorias, doctrina Rozenblum.
introducción
No es una cuestión nueva que el derecho busque ordenar las diversas modali-
dades de la empresa. Las realidades económicas más que las jurídicas son las que
definen los diversos tipos de asociaciones, desde las primigenias empresas de la
Edad Media hasta las agrupaciones societarias no tradicionales. En la actualidad,
en el derecho societario hay un incremento en la utilización de figuras atípicas
de asociación para la producción de bienes y servicios. Así, el legislador ha supe-
rado el estudio de la sociedad aislada o sociedad isla como forma empresarial
por excelencia. Nos encontramos con un nuevo tipo de organización societaria
que aunque no tiene personalidad jurídica propia, sí es muy común en el tráfico
empresarial contemporáneo. Esta nueva forma no es sólo una realidad jurídica
* Abogada de la Universidad de Los Andes, Venezuela. Especialista en Derecho Corporativo de
la Universidad Metropolitana, Venezuela. Magíster y doctora en Derecho de la Universidad de
los Andes, Colombia. Profesora agregada de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la
Universidad de Los Andes, Venezuela. Correo electrónico: bortone@ula.ve.
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