Capítulo XXIII. De la jornada de trabajo - Tratado de derecho del trabajo en la función pública. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 940607118

Capítulo XXIII. De la jornada de trabajo

AutorJairo Villegas arbeláez
Páginas1023-1037
Capítulo XXIII
De la jornada de trabajo
ANTECEDENTES
Remito a la historia sobre los Mártires de Chicago, la película “María Cano:
mujer rebelde”1, la novela “Algún día hoy”2 y “Cien años de soledad”3.
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El Convenio 30 de 1930 sobre las horas de trabajo, preceptúa:
Las horas de trabajo “no pod rán exceder de 48 por semana y 8 por día”5.
“Las horas de trabajo por semana... podrán ser distribuidas de suerte que el
trabajo de cada día no exceda de 10 horas”6.
“Excepcionalmente... los reglamentos de la autoridad pública po drán autorizar
la distribución de las hora s de trabajo en un período mayor de una semana, a
condición de que la duración media del tr abajo, calculada sobre el número de
semanas considerad as, no exceda de 48 horas por semana y de que en ni ngún
caso las horas diar ias de trabajo excedan de 10”7.
Lo excepcional puede ser perm anente o temporal8.
Los “reglamentos de la autorid ad pública” deben ser adoptados “previa con sulta”
a las organizaciones de emplea dos y respetando los acuerdos colectivos9.
1  Profesora de la Universidad Nacional.
2 De Ángela Becerra.
3 De nuestro gran  en lo relacionado con el Pliego sindical a la United Fruit
Company.
4 Aprobado por la L. 23 de 1967.
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9 

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