Nulidades e incidentes - Procedimiento ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo - Parte segunda - Código contencioso administrativo - 4ta edición - Libros y Revistas - VLEX 400723590

Nulidades e incidentes

AutorJiménez Lozano, Álvaro
Páginas122-122

Page 122

122 ÁLVARO JIMÉNEZ LOZANO

TÍTULO XX NULIDADES E INCIDENTES

Artículo 165. Nulidades, causales. Procedimiento.

Serán causales de nulidad en todos los procesos, las señaladas en los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, y se propondrán y decidirán como lo previenen los artículo 154 y siguientes de dicho estatuto.

Código de Procedimiento Civil. Artículo 140. Causales de nulidad. Artículo 141. Nulidades en procesos de ejecución y en los que haya remate de bienes. Artículo 142. Oportunidad y trámite. Artículo 143. Requisitos para alegar la nulidad. Artículo 144. Saneamiento de la nulidad. Artículo 145. Declaración oficiosa de la nulidad. Artículo 146. Efectos de la nulidad declarada. Artículo 147. Apelaciones. Artículo 152. Formulación y trámite de la recusación. Artículo 153. Juez o Magistrado que debe reemplazar al impedido o acusado. Artículo 154. Suspensión del proceso por impedimento o recusación.

Artículo 166. Incidentes. Se tramitarán como incidente las cuestiones accesorias que se presenten dentro del proceso y que este Código expresamente ordene tramitar en esta forma. Las demás se decidirán de plano.

Código de Procedimiento Civil. Artículo 135. Incidentes y otras cuestiones accesorias.

Artículo 167. Trámite, preclusión y efectos de los incidentes.

Los incidentes se tramitarán en la forma indicada en los artículos 135 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a su preclusión y efectos se seguirá el mismo estatuto.

Código de Procedimiento Civil. Artículo 135. Incidentes y otras cuestiones...

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