Órganos de vigilancia y control - Auditoría del sector solidario - Libros y Revistas - VLEX 928099967

Órganos de vigilancia y control

AutorHernán Cardozo Cuenca
Páginas47-58
Órganos de vigilancia y control
Todas las organizaciones solidarias sometidas al control y vigilancia de la
Supersolidaria deberán tener en su interior unos órganos de vigilancia y control
social, elegidos por la respectiva asamblea. El nombre de estos estamentos varía
de acuerdo con la clase de organización así:
Para las cooperativas: Junta de Vigilancia.
Para los fondos de empleados: Comité de Control Social.
Para las asociaciones mutuales: Junta de Control Social.
Para las precooperativas: Comité de Vigilancia.
Independiente de los órganos de control anteriores, todas las organizaciones
solidarias, de acuerdo con las normas vigentes, deberán tener un revisor scal
con su respetivo suplente. Sobre esa institución de revisoría scal se habla más
adelante en el Capítulo XI de este texto.
Junta de Vigilancia
La Junta de Vigilancia es el organismo interno encargado del control social y la
supervisión de los servicios prestados por la cooperativa a los asociados. Estará
integrada por asociados hábiles en número no superior a tres, con sus respectivos
Parte II

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