Decreto 136 de 2002 - Anexos - Código de minas - comentado. Tercera Edición - Libros y Revistas - VLEX 950165603

Decreto 136 de 2002

AutorMargarita Ricaurte De Bejarano
Páginas594-595
Código de Minas Comentado

Artículo 4°. El artículo 7° del Decreto 3 de 2000, quedará así: Artículo 7°. La Nación,
a través del Ministerio de Desarrollo Económico, asumirá las obligaciones derivadas del
Contrato de Concesión de Salinas del 2 de abril de 170, con estricta sujeción a las actas
de liquidación. Estas obligaciones son, entre otras, las derivadas de los compromisos
pensionales y laborales, los procesos judiciales y administrativos derivados de la ejecu-
ción de dicho contrato y las contingencias judiciales o extrajudiciales que surjan con
posterioridad a la expedición de este Decreto. Así mismo, el Ministerio de Desarrollo
Económico, asumirá el manejo de los activos que no sean transferidos al Ministerio de
Minas y Energía, o quien haga sus veces.
Artículo 5°. De conformidad con lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 80 de 13, el
Contrato de Concesión de Salinas del 2 de abril de 170 se liquidará, una vez se termine el
mismo, dentro de un plazo que las partes deberán convenir dentro del marco del contrato.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario
Of‌icial y deroga los artículos 3°, ° y ° del Decreto 3 de 2000 y los artículos 3° y °
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2001.
andrés pastrana arango
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan manuel santos
La Ministra de Minas y Energía
luisa fernanda lafourie
El Ministro de Desarrollo Económico,
eduardo pizano de narvÁez
El texto lo hemos tomado del Diario Of‌icial n.º .663 del 31 de diciembre de 2001, en
donde fue publicado este Decreto.
(enero 2)
Por medio del cual se hace una modif‌icación al Decreto 233 de 2001.

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