De las obligaciones en general - Libro cuarto. De los contratos y obligaciones mercantiles - Código de Comercio - Libros y Revistas - VLEX 934334010

De las obligaciones en general

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas561-604
Libro Cuarto: De los contratos y obligaciones mercantiles 561
LIBRO CUARTO
DE LOS CONTRATOS Y OBLIGACIONES MERCANTILES
TÍTULO I
DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
ARTÍCULO 822. ACTOS, CONTRATOS Y OBLIGACIONES. Los
principios que gobiernan la formación de los actos y contratos y las
obligaciones de derecho civil, sus efectos, interpretación, modo de
extinguirse, anularse o rescindirse, serán aplicables a las obligaciones y
negocios jurídicos mercantiles, a menos que la ley establezca otra cosa.
La prueba en derecho comercial se regirá por las reglas establecidas en
el Código de Procedimiento Civil, salvo las reglas especiales establecidas
en la ley.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
OFICIO 220-042665 DE 8 DE MAYO DE 2019. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
Acuerdo de accionistas que impone obligaciones a un socio.
CONCEPTO 2018012798-002 DE 2 DE FEBRERO DE 2018. SUPERINTENDENCIA
FINANCIERA. La calidad de deudor solidario en el marco de una obligación crediticia trae
consigo el deber de atender el pago del crédito en las mismas condiciones que fueron
acordadas entre el deudor principal y su acreedor.
OFICIO 220-142289 DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. La sociedad constituida con un número inferior de accionistas al requerido
en la ley.
CONCEPTO 2010067781-001 DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA
FINANCIERA. 
OFICIO 220-038623 DE 27 DE JUNIO DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. De la incapacidad mental del empresario unipersonal.
CONCEPTO 050271 DE 9 DE JUNIO DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO. De la publicidad engañosa.
CONCEPTO 024623 DE 19 DE ABRIL DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO. 
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
SENTENCIA DE UNIFICACIÓN 2879 DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022. CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS ALONSO RICO PUERTA.

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continua e ininterrumpida a partir de su primera página.
Art. 822
EXPEDIENTE 3047 DE 31 DE JULIO DE 2018. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M.
P. DR. LUIS ALONSO RICO PUERTA. Diferencia entre arras de retractación y Clausula
penal. Interpretación de cláusula contractual en la cual se pactan arras.
EXPEDIENTE 01651-01 DE 13 DE DICIEMBRE DE 2013. CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA. M. P. DRA. RUTH MARINA DÍAZ RUEDA.  
inexistencia del negocio jurídico mercantil.
EXPEDIENTE 00726-00 DE 5 DE AGOSTO DE 2010. CONSEJO DE ESTADO. C. P.
DR. VÍCTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA. El Contrato de Arrendamiento con
Entidades Públicas.
EXPEDIENTE 00803-01 DE 1 DE JULIO DE 2008. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. WILLIAM NAMÉN VARGAS.
civiles sobre estas materias aplican de preferencia frente a la analogía de sus normas.
ARTÍCULO 823. TÉRMINOS USADOS EN LOS CONTRATOS. Los
términos técnicos o usuales que se emplean en documentos destinados
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ejecución de dichos contratos u obligaciones, se entenderán en el sentido
que tengan en el idioma castellano.
Cuando se hayan utilizado simultáneamente varios idiomas, se
entenderán dichos términos en el sentido que tengan en castellano, si
este idioma fue usado; en su defecto, se estará a la versión española
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el término o locución en el respectivo idioma, o el técnico que le dé la
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del idioma a que corresponda.
CONCORDANCIAS:
Código de Comercio: Arts. 5 y 6.
ARTÍCULO 824. VOLUNTAD DE LOS CONTRATANTES. Los
comerciantes podrán expresar su voluntad de contratar u obligarse
verbalmente, por escrito o por cualquier modo inequívoco. Cuando una
norma legal exija determinada solemnidad como requisito esencial del
negocio jurídico, este no se formará mientras no se llene tal solemnidad.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
1228, 1402, 1427, 1571, 1578, 1667 y 1668.
Código Civil: Arts. 1494 y 1500.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 220-68940 DE 30 DE OCTUBRE DE 1998. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. Intereses Moratorios.
Art. 824
Libro Cuarto: De los contratos y obligaciones mercantiles 563
• NARVÁEZ GARCÍA, José Ignacio. Derecho mercantil colombiano. Teoría general de
las sociedades. Editorial Legis S.A. 2002. Pág. 85.

de traducirse en la intención de los contratantes de formarla y fundir en ella las aportaciones
convenidas inicialmente como necesarias para entender la actividad que se proponen. Tal
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así como asumir los riesgos consiguientes. De ahí que los romanos lo denominaran animus
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En consecuencia es pertinente sentar estas precisiones:
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de formarla, pues sin este animus contrahendae societatis las partes no contratan con
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sociedad.
b) La voluntad de los contratantes de formar la sociedad no es posible mantenerla in
mente, porque nadie podría conocerla. Es indispensable que se exteriorice y objetivice,
y
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manifestado de palabras o por escrito, en el de sociedad no es posible inferirlo de
los hechos ni considerarlo implícito o presunto por la actitud de las partes, como
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al consentimiento tácito alude a él explícitamente.
El consentimiento en el contrato de sociedad [...] en la actualidad tiene una sentido técnico
de intención de los contratantes de formar la sociedad mediante la unión de bienes, o de
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JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 00685-01 DE 11 DE ABRIL DE 2014. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DRA. RUTH MARINA DÍAZ RUEDA. Dado el carácter de atípico e innominado del
contrato de “forward”, su acreditación, conforme al artículo 824 del Estatuto Mercantil, es
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ARTÍCULO 825. OBLIGACIÓN SOLIDARIA DE LOS DEUDORES. En
los negocios mercantiles, cuando fueren varios los deudores se presumirá
que se han obligado solidariamente.
CONCORDANCIAS:
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 220-2646 DE 28 DE FEBRERO DE 2001. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. Aplicabilidad del numeral 3 del artículo 34, respecto de la exigibilidad de
la garantía única de cumplimiento establecida en la ley 80 de 1993.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 00900-01 DE 9 DE FEBRERO DE 2011. CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA. M. P. DR. EDGARDO VILLAMIL PORTILLA. Remuneración del corredor.
El artículo 1341 del Código del Comercio representa una excepción al principio general
de la solidaridad previsto en el artículo 825 ibídem.
EXPEDIENTE 00282-01 DE 3 DE FEBRERO DE 2009. CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA. M. P. DRA. RUTH MARINA DÍAZ RUEDA. Aspectos relacionados con el
CDT.
EXPEDIENTE 0712-01 DE 13 DE DICIEMBRE DE 2005. CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA. M. P. DR. PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA. Presunción de solidaridad.
Art. 825

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