Diferencias y similitudes entre el proceso disciplinario que adelanta el procurador general de la nación contra congresistas, y los ético disciplinarios que se adelantan contra estos mismos sujetos al interior de la comisión de ética del congreso de la república - La tipicidad en el derecho disciplinario - Libros y Revistas - VLEX 928988913

Diferencias y similitudes entre el proceso disciplinario que adelanta el procurador general de la nación contra congresistas, y los ético disciplinarios que se adelantan contra estos mismos sujetos al interior de la comisión de ética del congreso de la república

Páginas355-374
C XIV
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Existe un código de conducta que rige para los congresistas contenido en
la Ley 1828 de 20171 2 (en lo atinente al
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senadores de la República y representantes a la cámara que en ejercicio de su
función, transg redan los preceptos éticos y disciplinarios previstos en dicho
Código, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Rama Jurisdiccional
del Poder Público en materia penal, o contencioso administrativa3.
En esa normativa se indica que constituye afectación a la función
congresional, el incurrir en violación a los deberes, prohibiciones y
cualquiera de las conductas estipuladas en ese código4.
Las autoridades llamadas a adelantar los juicios en cuestión son los
congresistas que integran la Comisión de Ética de cada cámara, pero es
importante señalar que si bien, dicha comisión la integran 11 legisladores
en el Senado y 17 representantes en la Cámara5, estos no ejercen función
legislativa, sino administrativa-disciplinaria.
1 Ley 1828 de enero de 2017. “Por medio de la cual se expide el código de ética y disciplinario
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dictan otras disposiciones. 19 de noviembre de 2019. DO N° 51142.
5 Ley 5 de 1992 Artículo 58. Composición e integración. En cada una de las Cámaras funcionará una
Comisión de Ética y Estatuto del Congresista, compuesta por once (11) miembros en el Senado
y diecisiete (17) en la Cámara de Representantes. Serán elegidos dentro de los primeros quince
(15) días de la fecha de instalación o sesión inaugural, para el respectivo período constitucional.
356   
“La Comisión de Ética y Estatuto del Congresista” fue creada por el
artículo 55 la Ley 5 de 1992, disposición sustituida por el artículo 2° de
la Ley 1833 de 2017 y a su vez corregida por el artículo 1° del Decreto
461 de 20186.
No se puede confundir la Comisión de Ética con la Comisión de
Investigación y Acusación, que es la que adelanta los juicios conocidos
como impeachment, cuyos destinatarios son los altos dignatarios del
Estado por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, indignidad
o responsabilidad política, mala conducta o delitos comunes, bajo
la modalidad del derecho sancionatorio aplicado por la Cámara de
Representantes (que investiga y acusa) y por el Senado (que juzga) al
Presidente, a los Magistrados de las altas Cortes (Corte Suprema de
Justicia, Consejo de Estado, Corte Constitucional y Consejo Superior de
la Judicatura hoy Comisión Nacional de Disciplina Judicial) y al Fiscal
General de la Nación; incluso cuando hayan cesado en el ejercicio de
sus cargos. Como se aprecia, esta clase de derecho sancionatorio es
aplicado por el órgano legislativo del poder público, pero al amparo de
su función jurisdiccional.
En esa precisa materia se puede decir que existen dos clases de juicios,
con consecuencias distintas, pues así lo señaló la Corte Constitucional
en Sentencia C-148 de 19977 al indicar:
Es la propia Constitución la que otorga competencia al Congreso de la
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formulen ante la Cámara – Comisión de Investigación y Acusación– contra
funcionarios que gozan de fuero especial. Obviame nte que, por disposición
del propio ordenamiento, su competencia se limita a instruir y acusar o no
acusar; el juzgamiento es compe tencia exclusiva de la h. Corte Suprema de
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cuando se trata de delitos comunes, se constituye en el marco jurídico para
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de Investigación y Acusación de la Cá mara, por la Comisión de Instr ucción del
Senado y por las plenar ias de las dos corporaciones, incluye la d e investigar
las denuncias que por d elitos comunes se formulen contra altos fun cionarios
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cargo y aunque aquellos hubie ren cesado en el ejercicio del mismo.
6 Consejo de Estado. Sala de consulta y Servicio Civil. Concepto dentro del radicado: 11001-03-
06-000-2020-00235-00 del 9 de diciembre de 2020. M.P. Oscar Darío.
7 Corte Constitucional. Sentencia C-148 de 1997. M.P. Vladimiro.

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