Reintegro del trabajador - Cartilla laboral 2020 - 5ta edición - Libros y Revistas - VLEX 840620276

Reintegro del trabajador

Páginas159-162
El empleador se puede ver obligado judicialmente a reintegrar a un trabajador que
previamente ha despedido, decisión que debe ser acatada.
Cuando un trabajador es despedido, ese despido puede tener como consecuencia el
pago de una indemnización, el reintegro o ninguna consecuencia, y en esta oportunidad
nos ocupamos de los casos en que resulta procedente el reintegro del trabajador.
Clases o tipos de despido y la obligación de reintegro
Cuando el despido no se ajusta a lo dispuesto por la ley, por regla general se aplica
la indemnización por despido contemplada por el artículo 64 del Código Sustantivo del
Trabajo, pero en casos particulares lo que procede es el reintegro.
Se ha dicho que el despido de un trabajador puede tener las siguientes modalidades y
dependiendo de ellas las consecuencias serán distintas, por lo que es esencial comprender
este aspecto.
Justo y legal.
Injusto y legal.
Justo e ilegal.
Injusto e ilegal.
A continuación, se señalan las consecuencias de cada una de estas modalidades de
despido o terminación del contrato de trabajo.
Reintegro en el despido justo y legal
Cuando el despido es justo y además es legal, es decir, se siguió el procedimiento
correcto para despedir al trabajador, no existe ninguna consecuencia para el empleador, por
tanto, no hay lugar al pago de indemnización por despido ni mucho menos la obligación
de reintegrar el trabajador.
CAPÍTULO 7
REINTEGRO DEL
TRABAJADOR

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