Título 17. Medidas en frontera - Estatuto aduanero concordado - Libros y Revistas - VLEX 875628612

Título 17. Medidas en frontera

AutorRamón Eduardo Guacaneme P.
Páginas686-692
686 Estatuto Aduanero Concordado
TÍTULO 17
MEDIDAS EN FRONTERA
Decreto 360 de 7 de abril de
2021, vigente a partir del 8 de mayo de 2021)
CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 710. DEFINICIONES. Para los efectos previstos en este Título, las siguientes
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Autoridad competente. Es la autoridad judicial con competencia en materia de propiedad
intelectual, quien resolverá sobre el fondo del asunto que originó la suspensión de la operación
aduanera.
Derecho de autor. 
de una obra literaria o artística un conjunto de prerrogativas de orden moral y patrimonial,
que le permiten autorizar o prohibir su utilización de cualquier manera o por cualquier medio
conocido o por conocer.
Derechos conexos. Conjunto de derechos reconocidos a los artistas intérpretes o ejecutantes,
productores de fonogramas y organismos de radiodifusión, en relación con sus interpretaciones
o ejecuciones, fonogramas y emisiones de radiodifusión, respectivamente.
Marca. Es cualquier signo capaz de distinguir los bienes o servicios de una empresa de los
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Mercancía pirata. Cualquier copia hecha sin el consentimiento del titular del derecho de
autor o derechos conexos, o de una persona debidamente autorizada por él en el país de
producción, y que se realicen directa o indirectamente a partir de una obra o producción
protegida cuando la realización de esas copias habría constituido una infracción al derecho
de autor o de un derecho conexo.
Mercancía de marca falsa. Cualquier mercancía, incluido su embalaje, que lleve puesta sin
autorización una marca de fábrica o de comercio idéntica a la marca válidamente registrada
para tal mercancía, o que no pueda distinguirse en sus aspectos esenciales de esa marca,
o sea confusamente similar, y que de ese modo lesione los derechos del titular de la marca
de que se trate.
Titular del derecho de autor o del derecho conexo. Es la persona natural o jurídica que,
en condición de titular originario o derivado, se encuentra facultada para autorizar o prohibir
todo acto de explotación o utilización por cualquier medio de una obra literaria o artística, de
una interpretación artística, de una emisión de radiodifusión o de un, fonograma.
Titular de marca. Es el propietario de un registro marcario y, en su caso, sus causahabientes,
cesionarios y licenciatarios exclusivos.
ARTÍCULO 711. ALCANCE. Para los efectos del presente Decreto, la intervención de la
autoridad aduanera se hará en relación con las mercancías supuestamente piratas o de marca
Art. 710

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