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Decreto 250 de 25 de abril de 2018, por medio del cual se reglamenta la aplicación, el recaudo, registro y giro de la Estampilla Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Harold Ferney Parra Ortiz - Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas513-515
503
Decreto 250 de 25 de abril de 2018
DECRETO 250 DE 25 DE ABRIL DE 2018
Registro Distrital No. 6303 de 27 de abril de 2018
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ
Por medio del cual se reglamenta la aplicación, el recaudo, registro y giro de
la Estampilla Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral
4° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 5° del Acuerdo
696 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1825 del 4 de enero de 2017 modi có el artículo 1° de la Ley 648 de 2001,
autorizando al Concejo de Bogotá D.C. para ordenar la emisión de una estampilla
de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años, ampliando el alcance
en lo pertinente al recaudo y la distribución.
Que el Acuerdo Distrital 696 del 28 de diciembre de 2017 ordenó la emisión y cobro
de la estampilla “Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años” en el Distrito
Capital de Bogotá, de conformidad con lo establecido en la Ley 1825 de 2017, en
virtud de la cual las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos con los
organismos y entidades de la Administración Central, Establecimientos Públicos del
Distrito Capital de Bogotá y con la Universidad Distrital Francisco José de Caldas,
deberán pagar una estampilla equivalente al uno punto uno por ciento (1.1%) del valor
del pago anticipado, si lo hubiere, y de cada cuenta que se le pague al contratista.
Que el artículo 5° del precitado Acuerdo indica que le corresponde al Gobierno
Distrital reglamentar la aplicación de la Estampilla “Universidad Distrital Francisco
José de Caldas 50 años”, al igual que el proceso de recaudo, giro y registro de los
recursos de la misma en el Sistema de Presupuesto Distrital.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. RESPONSABLES. Los organismos y entidades de la Administración
Central, los Establecimientos Públicos del Distrito Capital de Bogotá y la Universidad
Distrital Francisco José de Caldas serán responsables de la “Estampilla Universidad
Distrital Francisco José de Caldas 50 años” por lo cual deben descontar, el uno punto
uno por ciento (1.1%) del valor del pago anticipado, si lo hubiere y de cada cuenta
que proceda, sin incluir el IVA; que se le pague al contratista, salvo en los convenios
interadministrativos celebrados entre ellas.
Los contratos escritos y adiciones de los mismos, que suscriban estas entidades
por delegación o a nombre o en representación de un organismo o entidad de
naturaleza diferente a las responsables, no causarán el descuento por concepto de
esta Estampilla.

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