Principios constitucionales y legales del control interno - Derecho del control fiscal y del control interno - Libros y Revistas - VLEX 929179142

Principios constitucionales y legales del control interno

AutorDiego Younes Moreno
Cargo del AutorAbogado y Sociólogo de la Universidad Nacional
Páginas531-579
CAPÍTULO XVI
PRINCIPIOS CONST ITUCIONA LES Y L EGALES DEL
CONTROL INTERNO
A. BASES CONSTITUCIONALES DEL CONTROL INTERNO
Se contienen en el artículo 209 de la actual Constitución Política que
preceptúa:
Principios rectores de la Administración Pública:
La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se
      
economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización,
la delegación y la desconcentración de funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el
                      
todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos
que señale la ley (negrilla fuera de texto).
El artículo 269 de la Constitución determinó que en las entidades públicas
las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según
la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control
interno de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer
excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas
privadas colombianas.
El control interno encuentra también fundamento normativo en el artículo
343 de la Constitución Nacional que estipula lo siguiente:
La entidad nacional de planeación que señale la ley tendrá a su cargo el
diseño y la organización de los sistemas de evaluación de gestión y resultados
de la Administración Pública, tanto en lo relacionado con políticas como con
proyectos de inversión, en las condiciones que ella determine.
532 DIEGO YOUNES MORENO
B. BASES LEGALES DEL CONTROL INTERNO
1. LEY 42 DE 1993
El Congreso de la República expidió el 26 de enero de 1993 la Ley 42 sobre

ejercen y sus procedimientos jurídicos.
El artículo 18 de esta ley determina la evaluación del control interno de las
 
         
objetivos, atribuyéndole al Contralor General de la República la función de
reglamentar los métodos y procedimientos para llevar a cabo esta evaluación.
2. LEY 87 DE 1993
Establece las normas para el ejercicio del control interno en las entidades
y organismos del Estado.
Según el artículo 1º de la Ley 87 de 1993:
Se entiende por control interno el sistema integrado por el esquema
de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas,
    

así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo
con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas
por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.
El ejercicio del control interno debe consultar los principios de igualdad,
moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y
valoración de costos ambientales.
En consecuencia, deberá concebirse y organizarse de tal manera que su
ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos
existentes en la entidad y, en particular, de las asignadas a aquellos que tengan
responsabilidad de mando.
Par. El control interno se expresará a través de las políticas aprobadas por los
niveles de dirección y administración de las respectivas entidades y se cumplirá
en toda la escala de la estructura administrativa, mediante la elaboración y

administrativas, de manuales de funciones y procedimientos, de sistemas de
información y de programas de selección, inducción y capacitación de personal.
533CAPÍTULO XVI. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DEL CONTROL INTERNO
3. Decreto 1826 de 1994. “Por medio del cual se reglamentó parcialmente
 
en Ministerios y Departamentos Administrativos.
4. Decreto 2145 de 1999. “Por el cual se dictan normas sobre el Sistema
Nacional de Control Interno de las entidades y organismos de la
       
sistema nacional de control interno y las correspondientes instancias
de articulación.
 
2145 de 1999”.
          
interno, prescribiendo que es competente para impartir políticas sobre
control interno el Presidente de la República, apoyado por el Conpes,
los consejeros presidenciales, los ministerios, los departamentos
administrativos y el consejo asesor del gobierno en el tema del control
interno. El Departamento Administrativo de la Función Pública, la
Contraloría General de la República y la Contaduría General de la
Nación dentro del ámbito de sus respectivas competencias. Al Congreso
le está reservada la potestad legislativa en esta materia.
6. Decreto 1537 de 2001. Reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993
y en efecto contiene regulaciones sobre racionalización de la gestión
institucional, manuales de procedimientos, administración de riesgos,
y señala la obligación al DAFP de elaborar guías o instructivos sobre
elaboración de manuales de procedimientos y acerca de los indicadores
para evaluar la gestión institucional.
7. Decreto 1599 de 2005. Crea el Modelo Estándar de Control Interno para
el Estado Colombiano MECI 1000:2005 al cual nos referiremos más
adelante con más detalle.
8. Decreto 2913 de 2007. Dispone que el Modelo Estándar de Control
Interno y el Sistema de Gestión de Calidad son complementarios,
pues tienen como propósito común el fortalecimiento institucional, la
modernización y el mejoramiento continuo, la prestación de servicios
con calidad, la responsabilidad de la alta dirección y los funcionarios
en el logro de los objetivos.
9. Comunicado del 20 de octubre de 2008. Mediante el cual se establecen
los productos mínimos para evaluar la implementación del MECI.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR