La responsabilidad en los contratos del Estado: un análisis desde la ética pública - Instituciones de derecho administrativo. Tomo III - Libros y Revistas - VLEX 940121648

La responsabilidad en los contratos del Estado: un análisis desde la ética pública

AutorCiro Nolberto Güechá Medina
Cargo del AutorAbogado por la Universidad Libre de Colombia, especialista en Derecho Administrativo por la Universidad Santo Tomás, magíster en Derecho Procesal por la Universidad Libre, magíster en Derecho Administrativo por la Universidad del Rosario, doctor en Derecho por la Universidad Externado de Colombia, doctor en Derecho Público por la Universidad ...
Páginas305-336
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La responsabilidad en los contratos del Estado:
un análisis desde la ética pública*1
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La actividad de contratación por parte de las entidades públicas se ha
convertido en uno de los instrumentos más usuales que el Estado utiliza para
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directamente, sino que tiene que concurrir a la ayuda de los particulares
y, en esta medida, su actuación se ve determinada por el cumplimiento de
ciertos requisitos que se enmarcan en el adecuado ejercicio de la función
pública administrativa.
En efecto, cuando una persona jurídica del Estado va a desarrollar un
procedimiento de contratación, se somete a una serie de exigencias que van
desde el cumplimiento de postulados de buen servicio público, pasando por el
respeto de la legalidad en sentido genérico y culminando en el acatamiento de
los principios éticos que deben asistir a todas las actuaciones que desarrollan
las autoridades públicas.
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un trámite de contratación tienen la obligación de ajustarse a los principios
éticos preestablecidos para que su actividad no se torne irregular y, en esta
* Capítulo resultado de avance de investigación del Grupo de Investigación en Derecho Público
de la Universidad Santo Tomás de Bogotá, Línea de Investigación en Derecho Administrativo.
** Abogado por la Universidad Libre de Colombia, especialista en Derecho Administrativo por la
Universidad Santo Tomás, magíster en Derecho Procesal por la Universidad Libre, magíster en
Derecho Administrativo por la Universidad del Rosario, doctor en Derecho por la Universidad
Externado de Colombia, doctor en Derecho Público por la Universidad Alfonso X el Sabio
y doctor en Filosofía por la Universidad de Salamanca. Decano emérito e investigador de
la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás de Bogotá y miembro del Grupo de
Investigación en Derecho Público de la misma universidad. Correo electrónico: ciroguecha@
hotmail.com. https://orcid.org/0000-0003-1462-4853.
306 Ciro Nolberto Gü echá Medina
circunstancia, se pueda generar responsabilidad del Estado, en el entendido
de que la actuación desarrollada cause afectaciones patrimoniales a quienes
intervienen en este procedimiento administrativo.
Por tal circunstancia, he querido plantear el siguiente problema de
investigación: “¿En qué medida la violación de principios éticos puede
generar responsabilidad del Estado en el procedimiento administrativo de
contratación?”. Problema de investigación que para su resolución permite
plantear las siguientes hipótesis:
La responsabilidad del Estado solo es posible por la violación de
regulaciones normativas formales, es decir, contenidas en normas jurídicas.
Los principios éticos están inmersos en las normas jurídicas.
La violación de la ética pública es una fuente de responsabilidad del
Estado.
Implica lo anterior que esta investigación tiene como objetivos principales
indagar cómo opera la ética pública en el procedimiento administrativo y
de qué manera su desconocimiento o vulneración de sus principios pueden
generar responsabilidad del Estado, cuando en ejercicio del procedimiento
de contratación se causan perjuicios a quienes participan en este o que sin
haber intervenido pueden resultar afectados patrimonialmente por actividades
contrarias a esta.
La metodología es analítica y propositiva, y el método es inductivo, por
cuanto, a partir del análisis particular de la ética pública y de la responsabilidad
del Estado en asuntos contractuales, se llega a establecer una forma de
imputación de responsabilidad del Estado, desde de la violación de principios
éticos en la actividad pública de contratación.
La investigación se desarrolla en tres secciones. En una primera, se hace
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procedimiento de contratación y su determinación por principios éticos, para
culminar en una tercera sección de la responsabilidad contractual del Estado
como consecuencia de violaciones de la ética pública.
1. NOCIÓN DE ÉTICA PÚBLICA: EN TRE EL BIEN Y EL BUE N ACTUAR
Hablar de ética implica remontarnos en sus orígenes a lo que los pensadores
                   
30710. La responsa bilidad en los cont ratos del Estado: u n análisis desde l a ética pública
que 
encaminada a lograr la felicidad2. De la misma manera,  la asemeja
al bien en el comportamiento humano, como una virtud que debe asistir a las
acciones de las personas tanto en lo público como en lo privado, siempre como
una expresión de las partes del alma3.
De todas formas, se trata del comportam iento de las personas, es decir, de
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dentro del grupo social y, por esta razón, mantiene una estrecha relación
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son aceptados o no, como ajustados a un correcto comportamiento dentro
de este4.
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individuo como tal, pero como este está inmerso en un grupo social, dichos
comportamientos van a tener repercusiones respecto de las demás personas que
lo integran y, de esta manera, abandonan tal fuero interno y entran a i ncidir en
las reglas de actuación de todos los demás, es decir, impactándolas y haciendo
que se mantengan de acuerdo con lo preestablecido y aceptado, o afectándolas
en cuanto a la generación de tendencias distintas.
    
propio de las personas, que están regulados por principios encaminados al
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reglas de comportamiento que son adoptadas por el individuo, es decir, con
fundamento en las valoraciones que la persona realiza y considera que su
actuación está ajustada al concepto de bien que cada uno ha preestablecido, lo
que implica que la noción de bien se valida por los criterios de la persona que
actúa, lo que puede generar criterios diversos de lo que es considerado “bien”,
es decir, ético en un supuesto de actuación.
En efecto, la fundamentación anterior podría llevar a que cada individuo
se formara una percepción distinta de lo que puede considerar “bien”, lo que
2 Cf.  Ética a Nicómaco. México: Porrúa, 2004, p. 6.
3  La República o el Estado (trad. Patricio  ). Barcelona: Austral, 2011.
4 Jaime llama ética a la ciencia que tiene por objeto el origen y la naturaleza de la
moralidad, y por tal razón expresa: “Las ideas morales no se nos han dado como objetos de
pura contemplación, sino como reglas de conducta; no son especulativas, son eminentemente

sociedad”. Cf.  Jaime. Ética. Alicante: Universidad de Alicante, s. a.

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