De la nulidad del matrimonio y sus efectos - Libro primero. De las personas - Código civil - Libros y Revistas - VLEX 934466604

De la nulidad del matrimonio y sus efectos

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas52-57
52
TÍTULO V
DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO Y SUS EFECTOS
ARTÍCULO 140. CAUSALES DE NULIDAD. El matrimonio es nulo y sin
efecto en los casos siguientes:
1. Cuando ha habido error acerca de las personas de ambos
contrayentes o de la de uno de ellos.
2. Cuando se ha contraído entre un varón menor de catorce años, y
una mujer menor de {doce} (*)catorce, o cuando cualquiera de los
dos sea respectivamente menor de aquella edad.
3. Cuando para celebrarlo haya faltado el consentimiento de alguno de
los contrayentes o de ambos. La ley presume falta de consentimiento
en  
en los mentecatos a} quienes se haya impuesto interdicción judicial
para el manejo de sus bienes. 
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contraerán válidamente matrimonio}.
4.          
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Cuando no se ha celebrado ante el juez y los testigos competentes.
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para obligar a alguno a obrar sin libertad; bien sea que la fuerza se
cause por el que quiere contraer matrimonio o por otra persona. La
fuerza o miedo no será causa de nulidad del matrimonio, si después
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o por la sola cohabitación de los consortes.
6. Cuando no ha habido libertad en el consentimiento de la mujer, por
haber sido esta robada violentamente, a menos que consienta en
él, estando fuera del poder del raptor.
7. 
siempre que antes de efectuarse el matrimonio se hubiere
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8. Cuando uno de los contrayentes ha matado o hecho matar al cónyuge
con quien estaba unido en un matrimonio anterior.
9. Cuando los contrayentes están en la misma línea de ascendientes
y descendientes o son hermanos.
Art. 140

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