Del mandato - Libro cuarto. De las obligaciones en general y de los contratos - Código civil - Libros y Revistas - VLEX 934466740

Del mandato

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas657-674
Libro Cuarto
De las obligaciones en general y de los contratos 657
CAPÍTULO V
OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS ENTRE SI
ARTÍCULOS 2108 AL 2119. (Artículos derogados por el artículo 242 de
CONCORDANCIAS:
Código de Comercio: Arts. 102, 122 al 148, 294, 355, 353.
CAPÍTULO VI
OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS RESPECTO DE TERCEROS
ARTÍCULOS 2120 AL 2123. (Artículos derogados por el artículo 242 de
CONCORDANCIAS:
Código de Comercio: Art. 193.
CAPÍTULO VII
DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD
ARTÍCULOS 2124 AL 2141. (Artículos derogados por el artículo 242 de
CONCORDANCIAS:
Código de Comercio: Arts. 218 al 259 y 321 al 322, 334 y 457 al 460.
TÍTULO XXVIII
DEL MANDATO
CAPÍTULO I
DEFINICIONES Y REGLAS GENERALES
ARTÍCULO 2142. DEFINICIÓN. El mandato es un contrato en que una
persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace
cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera.
La persona que concede el encargo se llama comitente o mandante, y la
que lo acepta apoderado, procurador, y en general mandatario.
Art. 2142
658
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
Código Civil: Arts. 28, 1495, 1505 y 2150, 2190 y 2191.
Código de Comercio: Arts. 832 y 1262.
• *Instrucción Administrativa Superintendencia de Notariado y Registro No. 5 de 27
de abril de 2011: Poderes.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 902628 DE 26 DE MARZO DE 2021. DIAN. Responsabilidades tributarias
que se derivan del negocio de renta vitalicia inmobiliaria.
OFICIO 220-067355 DE 19 DE JUNIO DE 2019. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
Responsabilidad de apoderados en infracción cambiaria.
OFICIO 220-156768 DE 10 DE OCTUBRE DE 2018. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. Diferencia entre Representación Legal y mandato en una Sociedad por
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CONCEPTO 430 DE 19 DE JUNIO DE 2018. CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA
PÚBLICA. Manejo contable contratos de mandato.
CONCEPTO 533 DE 10 DE ABRIL DE 2015. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y
REGISTRO. Revocatoria de poder otorgado en forma conjunta.
OFICIO 220-135756 DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. Otorgamiento de poder por parte de un asociado – especial y general.
CONCEPTO 057035 DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013. DIAN. Precios de Transferencia.
CONCEPTO 2344 DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO.
Efectos de la revocatoria de un poder.
CONCEPTO 1907 DE 10 DE JULIO DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO
Y REGISTRO. Poder para divorcio.
CONCEPTO 1707 DE 16 DE AGOSTO DE 2006. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO
Y REGISTRO. Vigencia del poder especial.
CONCEPTO 709 DE 22 DE MARZO DE 2006. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO
Y REGISTRO. 
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 3890 DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2021. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA. Conforme a los artículos 2177 del
Código Civil y 1262 del Código de Comercio, para hablar del mandato oculto se debe
acreditar el acuerdo entre los comitentes y los mandatarios, los alcances de las voluntades,
el tipo de encargo conferido y las instrucciones impartidas.
EXPEDIENTE 05178-01 DE 31 DE MAYO DE 2010. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. WILLIAM NAMÉN VARGAS. Producida y conocida la muerte del mandante,
cesa en sus funciones el mandatario.
ARTÍCULO 2143. MANDATO GRATUITO O REMUNERADO. El mandato
puede ser gratuito o remunerado. La remuneración es determinada por
convención de las partes, antes o después del contrato, por la ley o por
el juez.
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 1495, 1497 y 2184.
Código de Comercio: Arts. 1264 y 1265.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 430 DE 19 DE JUNIO DE 2018. CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA
PÚBLICA. Manejo contable contratos de mandato.
Art. 2143

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