El mutuo o préstamo de consumo - Libro cuarto. De las obligaciones en general y de los contratos - Código civil - Libros y Revistas - VLEX 934466747

El mutuo o préstamo de consumo

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas680-685
680
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 63, 1613, 1614, 1991, 1992 y 2228.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 00710-01 DE 4 DE AGOSTO DE 2008. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. EDGARDO VILLAMIL PORTILLA. Del contrato de comodato.
ARTÍCULO 2218. DERECHO DE RETENCIÓN. El comodatario podrá
retener la cosa prestada mientras no se efectúa la indemnización de
que se trata en los dos artículos precedentes; salvo que el comodante
caucione el pago de la cantidad en que se le condenare.
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 65, 961, 970, 2216, 2217 y 2417.
Código General del Proceso: Art. 310.
ARTÍCULO 2219. COMODATO PRECARIO. El comodato toma el título
de precario si el comodante se reserva la facultad de pedir la cosa
prestada en cualquier tiempo.
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 28 y 1535.
ARTÍCULO 2220. OTROS EJEMPLOS DE COMODATO PRECARIO. Se
entiende precario cuando no se presta la cosa para un servicio particular,

Constituye también precaria (sic) la tenencia de una cosa ajena, sin previo
contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño.
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 66, 775, 786, 1495, 2197, 2205 y 2520.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 13776 DE 10 DE OCTUBRE DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA. Es deber del comodatario sufragar
los gastos ordinarios para la conservación de la cosa.
EXPEDIENTE 00710-01 DE 4 DE AGOSTO DE 2008. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. EDGARDO VILLAMIL PORTILLA. Del contrato de comodato.
TÍTULO XXX
EL MUTUO O PRÉSTAMO DE CONSUMO
ARTÍCULO 2221. DEFINICIÓN. El mutuo o préstamo de consumo es
un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad
de cosas fungibles con cargo de restituir otras tantas del mismo género
y calidad.
Art. 2218

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR