De la transacción - Libro cuarto. De las obligaciones en general y de los contratos - Código civil - Libros y Revistas - VLEX 934466768

De la transacción

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas792-797
792
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 714, 717, 1501, 1714, 1946 y 2231.
ARTÍCULO 2467. RESTITUCIÓN DE LA COSA DADA EN ANTICRESIS.
El deudor no podrá pedir la restitución de la cosa dada en anticresis,
sino después de la extinción total de la deuda, pero el acreedor podrá
restituir en cualquier tiempo, y perseguir el pago de su crédito por los otros
medios legales; sin perjuicio de lo que se hubiere estipulado en contrario.
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 666, 2458, 2459, 2460 y 2488.
ARTÍCULO 2468. ANTICRESIS JUDICIAL. (Aparte en cursiva
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). En cuanto a la anticresis judicial o garantía inmobiliaria
pretoria, se estará a lo prevenido en el *Código Judicial.
*Nota de Interpretación: Léase Código General del Proceso o Código de Procedimiento
Civil de la República de Colombia.
TÍTULO XXXIX
DE LA TRANSACCIÓN
ARTÍCULO 2469. DEFINICIÓN. La transacción es un contrato en que
las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o precaven
un litigio eventual.
No es transacción el acto que sólo consiste en la renuncia de un derecho
que no se disputa.
CONCORDANCIAS:
Código Civil: Arts. 15, 489, 765 y 1495.
Código General del Proceso: Arts. 312 y 313.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 1365 DE 6 DE JUNIO DE 2022. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DR. LUIS ALONSO RICO PUERTA. No habrá transacción si una parte se allana a las
pretensiones de otra, o desiste de las propias, porque esas manifestaciones de voluntad
conllevan la absoluta conformidad con la postura jurídica de la contraparte, es decir, la
ausencia de una verdadera desavenencia que amerite composición.
EXPEDIENTE 4844 DE 27 DE JULIO DE 2020. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DR. LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA. Vulneración del derecho al debido proceso
ejecutivo hipotecario por falta de motivación de la providencia que declara la terminación
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SENTENCIA T-118A DE 12 DE MARZO DE 2013. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR.
MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO. Responsabilidad civil médica.
EXPEDIENTE 28281 DE 28 DE FEBRERO DE 2011. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA.
RUTH STELLA CORREA PALACIO. Generalidades del contrato de transacción.
Art. 2467

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