Introducción - Víctimas, acción civil y sistema acusatorio - Libros y Revistas - VLEX 950178893

Introducción

AutorVicente Emilio Gaviria Londoño
Páginas17-21
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En otros trabajos relacionados con las víctimas1, hemos afirmado que partien-
do de un vistazo a las regulaciones que en torno a ellas contenía la legislación
colombiana en el Código de Procedimiento Penal (cpp) de 1971, resultaba fácil
observar cómo el legislador colombiano, partícipe del movimiento reformista
mundial, se encargó cada vez más de implementar al interior del proceso
penal mejores mecanismos para ofrecer una verdadera y real protección a
aquellos cuyos derechos se lesionaron con la conducta ilícita.
En este sentido, inicialmente nuestra legislación se ocupaba, en esencia,
de regular la intervención al interior del proceso penal de quienes resulta-
ban lesionados con el delito, permitiéndoles escoger ejercitar su pretensión
indemnizatoria dentro de esta actuación a través de la constitución en parte
civil, o bien, hacerlo ante la jurisdicción civil.
Con el paso de los años el tratamiento de las víctimas de los delitos pre-
sentó un mayor espectro, pues éste no se limitó únicamente a permitirles
a aquellas comparecer al proceso como sujetos procesales, sino que se hizo
énfasis en la necesidad de que el proceso penal fuera vehículo que condujera
a restablecer los derechos conculcados, finalidad que se hizo más evidente
al expedirse una nueva Constitución Política en el año de 1991, donde, en
disposiciones como las originales del numeral 1 artículo 250, se dijo que co-
rrespondía a la Fiscalía General de la Nación “tomar las medidas necesarias
para hacer efectivos el restablecimiento del derecho y la indemnización de
los perjuicios ocasionados con el delito”, agregando en el numeral (ibíd)
que también correspondía a aquella “velar por la protección de las víctimas,
testigos e intervinientes en el proceso”.
Gracias a este decidido respaldo constitucional, institutos como la con-
ciliación y la indemnización integral de perjuicios, la cancelación de títulos y
registros obtenidos fraudulentamente, la posibilidad de embargar y secuestrar
bienes tanto del presunto responsable del delito como del llamado “tercero
civilmente responsable”, la admisión del llamamiento en garantía, entre
otros, resultaron fortalecidos por virtud de su específica regulación legal en
el Código de Procedimiento Penal de 2000 (Ley 600 del 2 de julio de 2000).
1 vicente emilio gaviria londoño. La víctima en el nuevo procedimiento penal colombiano, Bogotá,
Universidad Externando de Colombia, 28 de enero de 200, s. p.
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